Re: NPG Technology, S.A. (MAB)
Como para fiarte de este trilero y esperar 4 años
Como para fiarte de este trilero y esperar 4 años
Eso lo he intentado yo ya en algunos MP, aunque no ofrecía el doble desde luego.
Hola Alfred, entro poco por aquí pero me suelen interesar mucho tus opiniones. Te sigo desde la época de tu web Maki, Air Energy, etc.
Parece que lo de NPG se despeja y la verdad es que ser accionista de una empresa que no cotiza para mí es nuevo. ¿Qué opinión tienes? ¿Qué crees que es lo aconsejable?
No te quiero hacer perder mucho tiempo. Gracias de antemano.
Saludos.
PD.: Yo de momento me quedo aquí con la esperanza de que el negocio salga a flote.
yo digo objetivamente lo que dijo.cada uno que saque sus conclusiones.
lo de los fondos lleva años así..y nada.éste dijo que en julio-septiembre tenian el segundo encuentro con ellos.
por lo que respecta a cosio.tiene labia es escurridizo,no contesta directo de va por las ramas.pinta de vende humos..pero..no nos queda otra.yo me quedaré a esperar.al menos no está liquidada,la nave está ahi y por la cuentra que le trae supongo que intentará salir adelante.
Pues de las conclusiones de ayer, solo comentar que no queda otra que esperar o vender si alguien quiere comprar algo que no vale nada y que las expectativas de que valga algo mas son nulas.
1- Del tema del fondo de inversion, pues ya he oido tantas veces la llegada de uno como juntas de accionistas he asistido....por mi parte NO CREIBLE
2-Del tema financiación, al ser una empresa concursada y por tanto en obligación de cumplir el convenio firmado, poco o ningun banco te va a prestar nada y menos si tienes a todos enganchados en el concurso.
Que Sr. Cosio ha metido durante 2018 0,5m€ para poder producir es otra falsedad producida por su ego y su vivencia en una vida irreal. Si la empresa ha sobrevivido ha sido por los 2,8m€ que ha enganchado a GEDESCO
3-Tema de la deuda y su negociación....pues mas de lo mismo que el tema de grandes inversores, por mi parte NO CREIBLE
4-La salida del MAB tiene una meta clara que es la limpieza de las cuentas, entre ellas todas aquellas cantidades relativas a las inversiones en la filiales y que nunca se han auditado, quizas porque donde tenia que haber algo ya no esta....
Un abrazo y a seguir...
contestación del MAB
Estimado Sr.
La Circular 2/2018, de 24 de julio de 2018, sobre requisitos y procedimiento aplicables a la incorporación y exclusión en el MAB de acciones emitidas por Empresas en Expansión y SOCIMI, prevé, en el punto 2.3 del Apartado Segundo, como un requisito de incorporación para las empresas, la obligación de incluir en sus Estatutos Sociales la previsión de, en caso de adoptar un acuerdo de exclusión de negociación del Mercado que no esté respaldado por la totalidad de los accionistas, ofrecer a los que no hayan votado a favor de la medida la adquisición de sus acciones a un precio justificado de acuerdo con los criterios previstos en la regulación aplicable a las ofertas públicas de adquisición de valores para los supuestos de exclusión de negociación.
Los Estatutos Sociales de NPG Technology, S.A., que se pueden consultar en su página web (https://www.npgtech.com/images/inversores/Estatutos_NPG_Textos_Refundidos_al_30-06-2017.pdf), recogen, en su artículo 20, esta previsión.
En relación con el punto segundo del orden del día de la convocatoria de Junta General Extraordinaria de NPG en la que se someten a examen y aprobación, en su caso, los términos y condiciones de la propuesta de oferta pública de adquisición de acciones dirigida a los accionistas de la Sociedad que no respalden el acuerdo de exclusión de negociación, el Consejo de Administración de NPG formuló informe sobre la valoración que se adjuntó como anexo a la mencionada convocatoria y, el 8 de marzo de 2019, publicó mediante hecho relevante un informe adicional de valoración de las acciones de la compañía elaborado por un experto independiente.
A la vista de lo anterior, resulta que los accionistas que no voten a favor del acuerdo de exclusión que se somete a su aprobación, podrán optar por atender a la oferta de adquisición efectuada y vender sus acciones a la compañía o por no atender a la misma y continuar siendo, por tanto, accionistas de la Sociedad.
En cualquier caso, la responsabilidad de la valoración de las acciones de la compañía recae en el ámbito de la propia sociedad emisora y es ajena al MAB.
Un saludo
Gracias a los asistentes por vuestros comentarios.
Entonces en mi caso lo mejor es no hacer nada y mantener los titulos supongo. Algun año igual vuelve a cotizar o si no lo hace supongo que se vera la manera ya en ese punto de generar minusvalias pero si no cotiza no se como puedes generarlas si no puedes venderlas a no ser que alguien te las quiera comprar fuera de mercado.
Saludos
Respuesta del MAB a mi correo.
La Circular 2/2018, de 24 de julio de 2018, sobre requisitos y procedimiento aplicables a la incorporación y exclusión en el MAB de acciones emitidas por Empresas en Expansión y SOCIMI, prevé, en el punto 2.3 del Apartado Segundo, como un requisito de incorporación para las empresas, la obligación de incluir en sus Estatutos Sociales la previsión de, en caso de adoptar un acuerdo de exclusión de negociación del Mercado que no esté respaldado por la totalidad de los accionistas, ofrecer a los que no hayan votado a favor de la medida la adquisición de sus acciones a un precio justificado de acuerdo con los criterios previstos en la regulación aplicable a las ofertas públicas de adquisición de valores para los supuestos de exclusión de negociación.
Los Estatutos Sociales de NPG Technology, S.A., que se pueden consultar en su página web ( https://www.npgtech.com/images/inversores/Estatutos_NPG_Textos_Refundidos_al_30-06-2017.pdf), recogen, en su artículo 20, esta previsión.
En relación con el punto segundo del orden del día de la convocatoria de Junta General Extraordinaria de NPG en la que se someten a examen y aprobación, en su caso, los términos y condiciones de la propuesta de oferta pública de adquisición de acciones dirigida a los accionistas de la Sociedad que no respalden el acuerdo de exclusión de negociación, el Consejo de Administración de NPG formuló informe sobre la valoración que se adjuntó como anexo a la mencionada convocatoria y, el 8 de marzo de 2019, publicó mediante hecho relevante un informe adicional de valoración de las acciones de la compañía elaborado por un experto independiente.
A la vista de lo anterior, resulta que los accionistas que no voten a favor del acuerdo de exclusión que se somete a su aprobación, podrán optar por atender a la oferta de adquisición efectuada y vender sus acciones a la compañía o por no atender a la misma y continuar siendo, por tanto, accionistas de la Sociedad.
En cualquier caso, la responsabilidad de la valoración de las acciones de la compañía recae en el ámbito de la propia sociedad emisora y es ajena al MAB.