Acabo de recibir un correo electrónico informándome de que han realizado una transferencia parcial del saldo que tenía en la cuenta de Interdin hacia mi cuenta asociada. El resto del saldo queda, de momento paralizado por estar en cuentas de Banco Madrid.
La cantidad que han dado orden de trasferir es alrededor de 1/3 de lo que tenía en la cuenta.
En el correo pone esto:
En coordinación con la CNMV y dentro del proceso de intervención de Interdin Bolsa, SV, SA, hemos procedido a individualizar y reembolsar en el día de hoy a su Cuenta Bancaria Asociada, los saldos de nuestros clientes que se encontraban segregados en otras entidades de crédito distintas a Banco Madrid en el momento de la suspensión de actividades del mismo.
La liquidez actual de su cuenta ______ se descompone de la siguiente manera:
Saldo actual en su cuenta _______ en Interdin Bolsa a 31/03/2015: XX EUR
Importe del saldo segregado en cuenta "de clientes" en Banco Madrid al cierre del 13/3/2015 (en la actualidad bloqueado por Banco Madrid): XX EUR
Importe del saldo segregado en cuenta "de clientes" en otras Entidades a 31/03/2015, y del cual, en caso de ser positivo, hemos dado orden de reembolso a su cuenta corriente asociada: XX EUR
Cuenta corriente bancaria asociada: __________________
(toda esta información, la tiene a su entera disposición, en un documento acreditativo en formato PDF, en la zona de "Mi Cuenta" > "Mis Documentos" de la plataforma web)
Con respecto a la parte de su saldo que permanece aún bloqueada en Banco Madrid, seguimos trabajando en la recuperación del mismo, o en su defecto, proceda a la individualización de los saldos acreedores del Banco con cada uno de nuestros clientes, con el objetivo final de conseguir la protección del dinero depositado, hasta 100.000 euros por titular, del Fondo de Garantía de Depósitos Bancarios.
La Ley del Mercado de Valores establece expresamente el derecho que asiste a todos los clientes de una Empresa de Servicios de Inversión, para reclamar la propiedad de los fondos previamente entregados a la misma y que hayan sido correctamente segregados.
Desgraciadamente, en el caso de Interdin, la particularidad es que los fondos de los clientes están bloqueados, no por la ESI sino por una entidad bancaria, circunstancia ésta de la que no había precedente, por lo que el proceso de clarificación por parte de las Autoridades implicadas está resultando algo más complicado de lo previsto.
La no consecución de la individualización de los saldos acreedores, implicaría la liquidación de Interdin Bolsa, SV, SA. En ese caso Vd. estaría cubierto por el Fondo de Garantía de Inversiones (FOGAIN), también hasta 100.000 euros por titular. Desde Interdin seguimos y seguiremos luchando para que esto no suceda.
Reciba un cordial saludo.