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Rellenando el Modelo 720

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Rellenando el Modelo 720
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Rellenando el Modelo 720
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#2593

Re: Rellenando el Modelo 720

Muchísimas gracias por todo!!.
#2594

Re: Rellenando el Modelo 720

Le he dado a firmar y enviar el modelo 720, pero me ha dado error porque se me había olvidado rellenar persona con quien relacionarse y teléfono
En persona con quien relacionarse pondré mi nombre
Pero en el teléfono, ¿vosotros habéis puesto el móvil?
No me gusta que Hacienda tenga mi móvil, estoy por poner el fijo que ya ni uso
¿Qué opináis?
#2595

Re: Rellenando el Modelo 720

Vuelvo a preguntar.

Los de Nationale Nederlanden cerraron ellos la cuenta el año pasado, la de ahorro, tengo un correo que la cerraron aunque yo puedo entrar para sacar la info para Hacienda y el modelo 720.
Mi pregunta es si ahora para declararla la valoracion Valoración 1 (saldo o valor a 31 de diciembre; saldo o valor en la fecha de extinción; valor de adquisición)

ahí supongo que tengo que dejarla en blanco (a cero) y cambiar el origen del bien por la opcion C y fecha de extincion la fecha de cierre.

alguien puede confirmar?
#2596

Re: Rellenando el Modelo 720

Yo he puesto el móvil. ¿Te controlaría Hacienda el móvil de alguna forma? Imagino que sería para llamarte por algún problema o mandar algún SMS.

Tabla completa Depósitos Monillo https://acortar.link/CvLJ4L Agradece con 👍

#2597

Re: Rellenando el Modelo 720

Cuando se cierra una cuenta, primero se suele dejar sin saldo y luego cerrar.
En Valoración 1 se pone el saldo a fecha de cierre por lo que la dejas en blanco para indicar que es 0 (no permite poner 0) y en Valoración 2 no deja poner nada cuando es clave "C" cancelación.

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#2598

Re: Rellenando el Modelo 720

hola. en este caso fué "particular",  yo ya la deje a 0 antes de que ellos la cerraran. El dia 20/11 ingresaron los intereses acumulados y traspasaron el saldo a la vinculada (si aún tuviese saldo traspasarían todo). en este caso fué obligado por ellos ya que cerraron a todos este tipo de cuentas, ya habian avisado un par de meses antes que dejaban de comercializar y la cerraban.

pero es la primera que "cierro" y tenía esa duda. gracias
#2599

Re: Rellenando el Modelo 720

Respecto a eso he leído en otros sitios/asesores que para gananciales, en porcentaje de participación se ponga 50% tanto si eres único titular de la cuenta como cónyuge. 
Aquí entran los conceptos de participación real y participación formal. Si la cuenta está a nombre de uno solo, la titularidad/participación formal es del 100% para el que tiene a su nombre la cuenta, pero la participación real es 50%. Para el cónyuge, la titularidad/participación formal de esa cuenta es 0% pero la participación real es 50%.

La última pregunta de cada bien que es la que discuto y que es “clave” del modelo  es “porcentaje de participación” (sin añadir calificativos). Es decir no pone si “real” o “formal” y aquí es donde vienen los mares de dudas 
- Si significa porcentaje real se debería poner 50% para cada uno (independientemente del titular formal que tenga el depósito)
- Si significa porcentaje formal se debería poner 100 y 0 (que sabemos que no es correcto)
El poner 100 para uno y 50 para otro significa que para uno le estás poniendo el porcentaje formal y para el otro el real

Yo he puesto 50% para cada. Porque me parece más lógico. Tengo claro de que aún estando una cuenta solo a mi nombre, España en gananciales dice que solo el 50% es mío.
Y además, si hago lo mismo con la declaración de mi cónyuge resulta que la suma de los bienes declarados en los dos 720 es justo lo que tenemos (de la otra forma, 100 y 50% sumaria 1.5 mayor)
Y si me preguntasen por qué he puesto 50%, lo tengo claro: yo he puesto el porcentaje de participación REAL. No he visto en ninguna norma que diga que lo que haya que poner no sea la REAL


#2600

Re: Rellenando el Modelo 720

El porcentaje indicado en el 720 es respecto de la titularidad indicada.
El porcentaje no es sobre una titularidad preestablecida, sino la que indicas arriba en la misma página.

En el caso tratado, si arriba pone titularidad formal, abajo pone 100%.
En la otra declaración, si arriba pone titularidad real gananciales, abajo pone 100%.
El significado del porcentaje depende de lo indicado en titularidad.
https://www.youtube.com/watch?v=yBs9epZN3yk&t=2955s

Respuesta con consulta vinculante: https://www.fiscal-impuestos.com/titulares-formales-y-materiales-de-bienes-en-extranjero-deben-presentar-modelo-720.html
Siempre se pone todo el saldo y el titular formal 100% y el titular real 50%.

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