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Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes

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Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes
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Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes
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#3811

Re: Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes

Como se obtiene?
#3812

Re: Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes

Le das a la bolita con tus iniciales en la esquina superior izquierda -> Documentos y extractos
#3813

Re: Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes

Si, eso ya lo sé... Y no tengo yo ningún plan amigo en Revolut, sólo los intereses de la remunerada durante estos meses de la promo y sí sale la retención en el borrador de la AEAT...

Pero por lo que dicen aquí, a los que han tenido incentivos de plan amigo en Revolut, le sale la retención si generan extracto en Revolut, pero de lo retenido no aparece nada en el borrador de la renta. Y eso puede crear incertidumbre e inducir a errores... Eso ya tiene pasado con los planes amigo del B B V A y hay aquí un hilo de ese banco donde se comentó el tema hace un año.

Creo que @Rollover sabe bastante del asunto. 👍 
#3814

Re: Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes

No nos sale nada ahí tampoco. Dicen "consolidado" pero sale solo (no tengo inversiones en RVT) la cuenta remunerada o cuenta de ahorro y son correctos los intereses de la cuenta y sus retenciones, pero eso es lo único que afloró en los datos fiscales que tiene Hacienda.
Y es que fue en la otra cuenta, en la no remunerada, donde nos abonaron el neto (bruto menos retención) por el Plan Amigo, y con origen en esa cuenta no hay nada reportado a Hacienda ni tampoco la app permite ver más que el extracto de todos los movimientos, entre los que se encuentra, como un movimiento más, entre un montón de páginas, la gratificación con su bruto y retención.
En el "consolidado":
Esto está OK, así reportado a Hacienda, pues se refiere exclusivamente a la cuenta remunerada


#3815

Re: Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes

Otros buenas piezas los de Closedbank, sí! 

Pero por lo menos tienen tanto una aplicación para móvil y la web para PC está a millones de años luz de Revolut. En Revolut no puedes operar por PC si te falla la "maravillosa" App. La web de Revolut es una mierda. A años luz de cualquier web desastrosa de cajas rurales, etc... Que ya es decir!

Sinceramente, no sé como el Banco de España permite a Revolut poder funcionar sin acceso pleno a su web vía PC, como el resto de bancos digitales. Máxime con los pifóstios que tienen en su App y la pandilla de gestores. Con Revolut, mejor que no te pase nada, porque si no, aunque reclames, quedas en el limbo y plenamente colgado. Por lo menos en OPBNK, que son también unos impresentables puedes ir solucionando y tienes web PC, aplicación móvil y atención al cliente más eficaz aunque sean unos trileros y chapuzas de mucho cuidado igualmente! 👍
#3816

Re: Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes

Para eso, en vez de suposiciones lo mejor que os puede pasar a los que tenéis esos incentivos es que haya alguien que sepa ciertamente cómo hay que hacer de manera correcta en la renta y os diga exactamente cómo se hace y no "suponer"... Por lo leído en el hilo de B B V A del año pasado, ni ellos lo sabían. Menudo cachondeo! Si buscáis en el hilo del B B V A os salen las peripecias con los planes amigo. 👍
#3817

Re: Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes

Si, es la respuesta genérica de los revolutianos. Echar balones fuera.

A mi me tuvieron 5 días la semana pasada con la App bloqueada por un supuesto Rooteo de mi móvil, cosa que es mentira.

Y han desestimado la reclamación con un texto parecido. "Lamentamos y tal" y "es por su seguridad"....

De lo que estoy seguro es de que les voy a reclamar al Banco de España por coacciones por parte de Revolut, por no tener una web PC alternativa para operar y por comportarse como gendarmes o matones de discoteca que me impiden la entrada a mi cuenta (eso es una coacción, como si el casero te cambia la cerradura de tu domicilio y no puedes entrar a tu vivienda).

Visto lo visto y para mi, estar en Revolut, con semejantes condiciones y sabiendo que un día la APP no te abre porque tienes un Xiaomi, es para vaciar todo (como ya hice) y salir corriendo una vez haya respuesta del Banco de España. No sé si lo harán, pero merecían un buen paquete y no permitirles operar a ningún neobanco sólo por móvil y sin tener acceso web. Máxime no siendo nacionales y sin sucursales efectivas. Revolut es un chiringuito en donde estás vendido y punto.  

#3818

Re: Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes

Es buena la información. En mi caso, al ser sólo los intereses de la remunerada (y lo comenté aquí en su día) están al milímetro.

Ahora bien, repito: el Banco de España no debería autorizar operar a "neobancos" de estas características, sin sucursales en cada país y sin acceso efectivo a operaciones vía web PC y sin servicio efectivo de atención al cliente en España... Si son unos espabiladillos y chapuzas que se esconden bajo el paraguas de estar en UK u otros países, deberían de tener prohibida la operatividad cuando no ofrecen garantía ni seguridad efectiva al cliente en España.

Cuando contesten a mi reclamación en el Banco de España, cierro la cuenta sin mirar atrás! 👍

PD. Cierro la cuenta con un tercer teléfono prestado, porque mis dos nuevos Xiaomi, al parecer, no les sirven a estos chapuzas y su aplicación... Tiene tela el asunto!
#3819

Re: Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes

Pues a ver qué hacemos.
Comento de nuevo ....y si no se declara?
No han informado a Hacienda de esos incentivos, es como si no existieran, así que aquí no pasó nada jejeje 
#3821

Re: Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes

Como me habías puesto sobre aviso, gracias, tal vez te referías a este hilo:
https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/5426945-como-declarar-rendimientos-promocion-no-comunicados-por-bbva

Es que, además de RVT, este año me pasa lo mismo con los del bebé ubea, que lo recibido por cashback al utilizar su tarjeta de crédito tampoco sale en los datos fiscales que tiene Hacienda ni tampoco en el documento descargable desde la correspondencia del banco referido al ejercicio fiscal 2024.

No sé qué voy a hacer. Estoy más que perdido. De ponerlo en la declaración de renta, estoy más por no poner todo esto en la casilla 27 sino como ganancias patrimoniales no sujetas a retención, tanto lo de RVT como lo del bebé, poniendo como cantidad "ganada" el importe que entró en la cuenta.
 

En la reciente (julio-2024) Resolución Vinculante V1771-24, Hacienda se pronunció así:

https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V1771-24

En base a esto, vinculante, tendría que meter todo lo que no afloró en los datos fiscales como ganancias patrimoniales en la base imponible general, no en la base imponible del ahorro, y por el importe real, el que realmente cobré, sin elevar al bruto.
Pero no tener las cosas 100% claras, y no las tengo, me enreda muchísimo. 



#3822

Re: Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes

Es una opción, sí, que tampoco descarto completamente.
O no meto nada o, caso hacerlo, lo haría como ganancia patrimonial que vaya a la base imponible general, no a la del ahorro. En post anterior puse resolución vinculante de la Agencia Tributaria sobre esto del "Plan Amigo". 
#3825

Re: Cuenta remunerada Revolut con IBAN español 3,56% TAE nuevos clientes

Le había leído, sí, aunque en su último párrafo anticipaba que no conocía el caso concreto de RVT. 

Yo creo que, si voy a aflorar esto que los bancos no han informado a Hacienda, lo haría acogiéndome a la resolución vinculante antes referenciada y para ello lo metería, la cantidad realmente cobrada, nada de elevar a importe bruto, puesto que a Hacienda no le constan retenciones a cuenta, en la casilla 304:
 
No sé cómo lo veis...
Invoco también a @nightrain y @tesauro

En caso bebé ubea creo que tengo claro que así lo haré, pero en caso RVT, como el detalle del movimiento concreta cantidades por bruto y por retención, pero nada han ingresado a Hacienda, ya no sé si es error informativo (no tendrían que decir nada de bruto ni de retención) o si realmente tenían que ingresar la retención e incumplieron su obligación legal de ingresarla. Es que según la resolución vinculante ese tipo de gratificaciones no está sujeto a retención fiscal en origen, lo que no exime de declararlas como ganancias patrimoniales.

Guía Básica