El grueso de los funcionarios son de los grupos C y D, es decir, se les sige una titulación mínima de BUP/FP2 o equivalente en el C y de EGB/FP1 o equivalente en el D. Pero como resulta que los grupos A y B son muy exigentes, muchos titulados superiores no se atreven y se meten en oposiciones de los grupos C y D. Así que te equivocas, que en esos grupos no se exija titulación no quiere decir que muchisimos de los que están en esos grupos no las tengan. Se aprovechan de que tienen costumbre de estudiar para meterse con mas facilidad en esoss grupos, y es el número lo que hace esas oposiciones exigentes, no el temario. En esas oposiciones se puede entrar con 1 o 2 examenes, pero se presentan miles de personas. La dificultad está en el número, se presenta gente muy preparada, que solo por miedo no se presentan a oposiciones superiores.
Si admitimos la propiedad transitiva, que es la que tu invocas cuando dices que como tu pagas impuestos a las administraciones, y las administraciones pagan a los funcionarios, eres tu quien paga a los funcionarios, tambien hay que admitir que esa propiedad es ilimitada, de forma que no eres tu quien les paga, sino tus clientes, y no pagan a los funcionarios, sino a sus proveedores. Conclusión: tu no pagas a los funcionarios. Si eres capaz de entenderlo, estupendo, sino, no me extenderé mas.
Mi mujer no echa funcioarios porque quiera, sino porque se les abre un expediente disciplinario por falta muy grave. Y si como consecuencia los tienen que despedir, los despide, o los sanciona con suspensión de empleo y sueldo, con pérdida del destino (no veas lo que les duele eso) o lo que el regimen disciplinario diga. Ella no hace lo que le da la gana, porque sino luego un juez le enmienda la plana, así que se limita a cumplir y hacer cumplir la ley, como es su obligación.