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Bruselas avisa: si Cataluña se independiza unilateralmente quedará excluída de la UE

237 respuestas
Bruselas avisa: si Cataluña se independiza unilateralmente quedará excluída de la UE
Bruselas avisa: si Cataluña se independiza unilateralmente quedará excluída de la UE
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#145

Re: extra....extra...extra...Reding insiste en que un estado catalán no sería automáticamente nuevo miembro de la UE

por fin salio la palabra...cantonalismo...y ya no nos engañan con la anaraquia...suizo...muy bien txuska...les den por el c u l o... a los señoritos griñan y mas...y a los demas...y la estructura de estado pequeña ...pero rigurosa y fuerte...un abrazo...

Quien tiene dinero tiene en su bolsillo a quienes no lo tienen

#146

Re: extra....extra...extra...Reding insiste en que un estado catalán no sería automáticamente nuevo miembro de la UE

Lo del Baztan , el Bearne y lo de Aran .
Antiguo, con sus defectos, pero en espiritu es eso .
hay mas ejemplo en españa pocos pero existen eso si todos vienen de aqui o
al menos los que conozco , dejando claro que no es peninsular y no tiene
nada que ver con la puta marca de carlomagno que me da mas asco que lo
de una grande y libre .

Que no he inventado nada ni se me ha ocurrido de repente .

http://tomasurzainqui.eu/index.php/es/origenes-del-derecho-pirenaico

DESDE LA POSESION COLECTIVA

Los vestigios prejurídicos nos muestran que la tierra, “ama lurra”, se hallaba divinizada por lo que no podía ser propiedad de nadie. A aquellas gentes no se les hubiera pasado por la imaginación que una parte de la tierra pudiera ser de su dominio. Ante dicha arcadia, aparentemente idílica, podría haber ocurrido como señala Roland Breton (1990, pag. 118), en situaciones semejantes: “no se trata más que de tomar la tierra, eliminando a los autóctonos que únicamente tienen una posesión colectiva de la tierra sin títulos de propiedad, ni Estado organizado, para a continuación colonizar en buena y debida forma”.

Sobre dicho estrato cultural de la comunitaria madre tierra, sin embargo, en Vasconia se evolucionó a una sociedad donde adquiere relevancia el hecho jurídico de la comunidad vecinal. La tierra ya no es de la diosa madre, si no que se ha convertido en tierra de la comunidad, hauzalur, hauzalorra, comunal.



LA COMUNIDAD VECINAL

La propiedad comunal de la tierra se constata en el reparto equitativo de los bienes, tanto inmuebles como muebles, deducible de los restos arqueológicos que nos muestran la homogénea amplitud y envergadura técnica de las viviendas existentes en los poblados de la edad del Hierro I en el territorio de los vascones, tanto en el Alto Valle del Ebro (Cortes, Sorban, Berbinzana o el Regal) como en las cuencas prepirenaicas, valles pirenaicos y en la costa atlántica, y la similar riqueza de sus ajuares (herramientas de hierro, cerámicas, útiles de hueso, piel, madera, cestería), lo que nos permite pensar en una mayoría de población con niveles equilibrados de recursos económicos.

La existencia del territorio de propiedad comunal, así como de lotes de equivalente aprovechamiento agrícola y ganadero, sería la causa de la citada igualdad material. Dicha información sobre el régimen de la propiedad, tanto pública como privada, desde hace tres mil años nos la proporcionan los mencionados descubrimientos arqueológicos. (Urbano Espinosa).

Estos poblados ocupaban poca extensión, pero abundaban, eran habitados por pequeños grupos que constituían en sí mismos unidades sociológicas completas, cuyos miembros se hallaban relacionados entre sí por lazos claramente normativos y culturales. Esta realidad jurídica, denominada comunidad vecinal, es con la que a su llegada se encuentran los romanos.

La desigualdad importa aunque aún no lo sepas

#147

Re: extra....extra...extra...Reding insiste en que un estado catalán no sería automáticamente nuevo miembro de la UE

La federación política era la trama constitutiva del Estado romano.(Otfried Höffe, 2000). Relacionadas con esta participación política en el derecho público se hallaban la permanencia de la ciudad, la difusión de su sistema de valores hasta en el campo y la culminación de un Imperio universal respetuoso de los particularismos.

Las comunidades vecinales vasconas pervivieron durante la época romana. Al ser poblaciones con una organización vecinal, se asemejaron con relativa facilidad a los esquemas jurídicos del municipio romano. En los Foros de dichas civitates vasconas se aplicaba el “ius gentium”, intregado por un derecho económico y comercial, en los asuntos de obligaciones y contratos. El derecho de familia, vecindad y propiedad comunal vigente era el propio del país. El “ius civile” se aplicaba a las personas que tenían la ciudadanía romana. El derecho penal a todas las personas pero acomodándolo a las leyes de cada comunidad particular, para determinados delitos se aplicaba el derecho del país. El derecho era de aplicación personal, según el estatuto jurídico de la persona, no territorial. El individuo era reconocido en su individualidad como sujeto de derecho, independientemente de su pertenencia a un colectivo étnico, o de su rango social.

Las ciudades vasconas de Pompaelo, Calagurris y Cara destacan por la presencia en la política romana de sus hombres y mujeres, así como en el apoyo de sus patronos influyentes en los distintos ámbitos, tanto a nivel provincial como imperial. Los candidatos procedentes de las elites locales de dichas civitates vasconas fueron elegidos de entre todos los de la Provincia Tarraconense, adquiriendo gran influencia política en el entorno del Foro Provincial de la capital Tarragona. ( Juan José Sayas Abengoechea).

El cambio en la vida urbana y rural a partir del siglo III tiene su origen en trascendentales transformaciones socio-económicas del bajo imperio romano. Y no en supuestas devastaciones y desolaciones generalizadas de ciudades y campos, realizadas por los bárbaros, que sí efectuaron acciones de pillaje y piratería.

La desigualdad importa aunque aún no lo sepas

#148

Re: extra....extra...extra...Reding insiste en que un estado catalán no sería automáticamente nuevo miembro de la UE

conectando con las nuevas relaciones socioeconómicas propias de una sociedad romana que se hace progresivamente rural en todo el Imperio.

( Juan Manuel Tudanca Casero).

Los “ricos hombres”, denominación común en la Vasconia norpirenaica y surpirenaica, proceden de las estirpes de “possesores” rurales de “fundos” y “villae” que en la época bajo imperial romana constituyen las elites locales. La aristocracia, o “ricos hombres”, de la Antigüedad Tardía y Alta Edad Media, son en muchos casos descendientes directos de los “possessores” romanos-vascones que mantienen hasta la modernidad sus patrimonios. (Paul Ourliac). Estos propietarios son interesados defensores y mantenedores del orden romano.

Desde fines del Siglo I d.C. las sucesivas generaciones de romanos sabían que su maestro de retórica y derecho, Marco Fabio Quintiliano, en cuyos libros se educaron, era originario de la ciudad vascona de Calagurris, siendo sin duda las posibilidades reales de aprendizaje jurídico y retórico que ofrecía esta ciudad lo que decidió su profesión.

Por otro lado, en el calagurritano Aurelio Prudencio Clemente, nacido el 348 y muerto algo antes de las invasiones bárbaras del siglo V, no laten los valores clásicos de la “urbanitas” del Imperio, si no los de la “rustícitas” de los ricos propietarios bajo imperiales.

Prudencio era ferviente partidario del ideal ascético que arraigó en su Vasconia natal en la segunda mitad del siglo IV; el ideal de Prisciliano, atemperado por el humanismo clásico. En su obra “Contra Symmacum” plantea el ideal del “agrícola christianus” del propietario cristiano, mitad sobriedad y mitad sabiduría. “No tienen grandes necesidades los que viven con sobriedad y, cuando nuestras cosechas son abundantes ... no saltamos a coger ganancias con pasión avara ... ¡Oh dichoso en demasia hombre sabio y aldeano al mismo tiempo¡”. Dicha moderación exterior y cultivo del alma constituía el ideal que alimentó también a los acomodados propietarios romano-vascones, del siglo IV y posteriores, en el Alto Valle del Ebro.

Vascones, “possessores” y ascetas, constituyen los eslabones sociales que unen el Reino de Navarra con las épocas del Imperio Romano y la preromana. No tiene nada que ver la tradición de Prudencio de Calahorra con la de San Isidoro de Sevilla. La primera adapta el cristianismo a la historia universal de tradición greco-latina así como a una praxis ascética y rural que al mismo tiempo recupera la cultura jurídica vascona. La segunda adapta el cristianismo al poder Imperial pero en manos de sus nuevo detentadores étnicos, el pueblo visigodo y su derecho.

El llamado Fuero Juzgo, “ius visigothorum”, jamás se observó en Vasconia. Sin embargo, la historiografía gran-nacional española se empeña en la impostura no solo de la presencia goda si no también de la aplicación de su derecho

EL concepto de fuero como lo suele entender la gente es externo , el problema es que todo el mundo o quiere apoyar se en el derecho visigodo o en el frances
y hay otras cosas, Suiza es la prueba , como estado .

La desigualdad importa aunque aún no lo sepas

#149

Re: extra....extra...extra...Reding insiste en que un estado catalán no sería automáticamente nuevo miembro de la UE

Las civitates romano-vasconas desarrollaron ampliamente su sociología jurídica en el marco de las instituciones municipales romanas. El origen etimológico de fuero es el latino “forum”. El Foro es el término empleado para designar el lugar donde se hacia justicia, la reunión donde se impartía, además de tratar los asuntos de administración o colectivos. De ese simbolismo de foro, agora, surge fuero que ya representa el derecho, la justicia que se imparte precisamente en dicho ámbito social y espacial. Más tarde para que la ley o norma escrita adquiera reconocimiento y autoridad se le denomina también fuero, como emanación de lo decidido en el foro, asamblea vecinal, o pública.

Con razón, este ordenamiento jurídico pirenaico le hizo exclamar al civilista Lacruz Berdejo: “las instituciones de ese Derecho más parecen concebidas por juristas consumados, o gentes encanecidas en el arte de legislar, que por hombres incultos y sin otro conocimiento de la jurisprudencia que el que da un innato sentido jurídico y una percepción exquisita e intuitiva de la realidad social a que intentan servir y de los medios más adecuados para ello”. Era expresión de una tradición jurídica muy antigua, que se enfrenta al derecho franco y visigodo, y se desarrolla en la confrontación con la invasión árabe. De ahí como se dice en Navarra y Aragón, en ambos reinos pirenaicos antes hubo leyes que reyes.

Los textos jurídicos más antiguos que se conservan dan a entender que son fruto de otros anteriores. Son trascripciones del derecho propio. Ya sean fueros locales o privilegios de clase, como los de infanzones.

Sancho Rebullida afirma, equivocadamente, que este Derecho no es muy antiguo, pues habría surgido de forma consuetudinaria a lo largo de la Edad Media y la Edad Moderna hasta hoy; evidentemente, conociendo la realidad de los orígenes y evolución de este Derecho, no cabe tal sorpresa pues sí que sus actores jurídicos eran al menos miembros de aquellas juntas judiciales de las civitates de Vasconia.

Es preciso retrotraer la aplicación del Derecho romano como supletorio desde la influencia hegemónica en Europa de los glosadores de la Universidad de Bolonia, en el siglo XIII, hasta la misma época del Imperio romano. Es decir, sin solución de continuidad, en los foros de Vasconia solo se ha aplicado el Derecho común o romano para completar las lagunas del Derecho propio pirenaico y de ninguna manera el derecho de los francos ni el godo.

La desigualdad importa aunque aún no lo sepas

#150

Re: extra....extra...extra...Reding insiste en que un estado catalán no sería automáticamente nuevo miembro de la UE

recalcaria estas 2 cosas

“las instituciones de ese Derecho más parecen concebidas por juristas consumados, o gentes encanecidas en el arte de legislar, que por hombres incultos y sin otro conocimiento de la jurisprudencia que el que da un innato sentido jurídico y una percepción exquisita e intuitiva de la realidad social a que intentan servir y de los medios más adecuados para ello”

De ahí como se dice en Navarra y Aragón, en ambos reinos pirenaicos antes hubo leyes que reyes.

El derecho baztanes y el aranes perdura .

Cuando me dicen que es por cuestion de lengua que los araneses no quieren vivir en cataluña me da la risa .
castellanos, catalano y aranes hablantes estan mas o menos al 33% .

Es por el derecho aranes , el cantonalismo que dice 8 .

saludos

La desigualdad importa aunque aún no lo sepas

#151

Re: Un informe de la cámara inglesa defiende que una Escocia independiente seria miembro de pleno derecho de la UE

Siempre en estos temas cada cual coje lo que más le interesa para esponer sus ideas, porque tambien se podria exponer el ultimato que el presidente del Reino Unido dió al partido escoces, una única y clara pregunta "Independencia Si o No?", ya que el partido escoes pretendia preguntar tambíen por su constitución en Comunidad Autónomo, porque también hay que decir que Escocia está a años luz de Cataluña.

#152

Re: Bruselas avisa: si Cataluña se independiza unilateralmente quedará excluída de la UE

Porque Cataluña es una nación?

Para quien no entienda porque Cataluña es una nación enseñaré unas cuantas cosas básicas de porque Cataluña es una nación...

Somos una nación por muchas razones, tenemos una historia milenaria, los paisajes Catalanes son tan diversos como su gente, que han llegado de todas partes. Desde hace muchos años tenemos en Cataluña una vida económica y cultural propia, tenemos nuestras tradiciones, nuestras costumbres...

Desde cuando existe Cataluña como nación...? Las naciones se hacen poco a poco y son el resultado de muchos años, pero se puede decir que Cataluña se hizo mayor de edad hace mas de 1.000 años.

En el Siglo X los condes Catalanes dependían de los Condes de Francia...pero en el año 998 se independizaron de estos...¿Como lo hicieron?...En aquellos tiempos en el sur de Cataluña estaba dominados por los Sarracenos, que atacaban regularmente los condados catalanes del Norte...
En el año 995 un militar musulmán llamado Al Mansur, saqueó Barcelona, la ciudad quedó arrasada...y los Francos requeridos para ayudar no lo hicieron...

O sea que el Conde Borrell II decidió no prometerles más vasallajes..., los lazos quedaron rotos y quedamos independientes...