- El Consejo de Gobierno ha aprobado prolongar el plazo para que los hogares que reciben estos ingresos no tengan que hacer devoluciones con carácter retroactivo.
Así lo ha comunicado la consejera de Derechos Sociales, Noemí Santana, donde ha apuntado que esto supone una mayor «tranquilidad para las familias que soliciten el IMV» ya «que seguirán cobrando la PCI hasta que se resuelva su solicitud» y no tendrán que «devolver ni un solo euro» en el caso de que les venga aprobada la prestación estatal.
¿Qué significa esto?
Si una familia venía cobrando la PCI y ha solicitado el IMV, por ejemplo en el mes de octubre de 2020, y le viene resuelto en marzo de 2021, cuando le llegue esta resolución, vendrá el cobro con carácter retroactivo desde junio del IMV.
Esto, supondría la devolución de los meses que cobro de PCI desde octubre, mes en el que se realizo la solicitud del IMV, hasta marzo en el que le vino resuelta. Sin embargo, esto ya no será así, ya que Canarias de forma pionera ha establecido una compatibilidad total entre que PCI e IMV, que dura entre los meses que la familia solicita esta última prestación hasta que se le resuelve.
Por lo tanto, las familias canarias que cobran PCI y les aprueban el IMV, no tendrán que devolver nada. Aunque, será importante que informen en los servicios sociales de esta nueva circunstancia.