Buenas noches. Leí algunos mensajes más en el chat y quiero aclarar la siguiente duda:
1. Si recibimos un préstamo (¡no una donación!) de un particular de otro país, ¿es posible transferir este dinero a un banco español? así, los fondos permanecerán en la cuenta hasta que traduzcamos el contrato de préstamo de otro idioma al español, hasta que declaremos el modelo 600, y también lleva tiempo el proceso de compra de un departamento alquilado (residencia permanente). es decir, este proceso se prolongará durante meses, tal vez incluso el tercer trimestre. Dado que se trata de un préstamo y no se considera ingreso, y el monto de nuestro préstamo excederá los 40000, ¿cuál es el límite anual de activos de nuestra familia)?
¿Pueden estos fondos permanecer en la cuenta durante tanto tiempo?