Hola y bienvenido
No estoy seguro de la respuesta a tu pregunta, mirando en las FAQS (posiblemente ya lo hayas visto) por curiosidad sobre el tema, lo que me encuentro en relación a esto es lo que copio y pego :
“No tienen derecho a la ayuda quienes, a 31 de diciembre de 2022:
- Perciban el Ingreso Mínimo Vital (incluye complemento de ayuda a la infancia)
-
Perciban una pensión abonada por el Régimen General o los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado, así como quienes perciban prestaciones análogas de las mutualidades de previsión social alternativas al RETA (Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos).”
* Comentas que en tu caso recibes una pensión de orfandad, no se si será considerada como incompatible con la ayuda o no.
No obstante y sobre todo, creo que daria igual si como te entiendo no fue aprobada hasta ya el 2023.
Slds.