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Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

114 respuestas
Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital
Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital
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#31

Re: Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Tranquila ,me refiero que puede aumentar si vas ahorrando algo,recibes algún ingreso tipo herencia a lo largo del año etc...ojalá sea como dices y Antonio no deba reintegrar nada,que tal como expones será lo que ocurra.Que descanses y buenas noches
#32

Re: Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Lubrin aquí se trata de ser objetivos y de dar respuesta a la gente que tiene dudas, porque esta ayuda es compleja y hay cosas que no están claras. No me tienes que dar tu opinión porque para mi es totalmente irrelevante y además no pido opiniones sino certezas. Lo que tu harías o no no me trasciende ni lo más mínimo.
#33

Re: Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

De acuerdo
#34

Re: Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Solo añadiré una cosa.
Tu caso es complejo porque al solicitar el IMV cumplidas el requisito del patrimonio,en un momento dado dejas de cumplirlo y a final de año ( que es cuando refleja la ley,es cierto) vuelves a cumplirlo.
Para ver el haberse pasado de patrimonio en un momento dado no tiene importancia y para mí si la tiene y por eso doy mi opinión cuando siempre que respondí lo hice con datos en la mano,cuando en el caso que vd planteaba por más que trate de informarme no conseguí una respuesta adecuada.
Vuelvo a pedirle disculpas y le prometo no volver a responder a ninguna de sus consultas para no " liarle" más.
Buenos dias
#35

Re: Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

La misma Seguridad Social dicta las normas de cómputo de patrimonio en https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/65850d68-8d06-4645-bde7-05374ee42ac7/71a1fba3-daee-4b01-b447-5d6096cb154e/reglasparaelcomputodeingresos aunque, de todas formas el saldo bancario se define por el existente a 31 de diciembre del año anterior (conforme IRPF e información fiscal suministrada por las entidades bancarias) ¿cuál sería la pregunta o duda concreta?


#36

Re: Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

La pregunta o duda concreta era que para el cálculo de mi patrimonio neto del año 2022, si durante dicho año he superado el limite para mi unidad de convivencia (no de forma permanente sino de forma puntual, puesto que el dinero fluctúa), me extinguirian o no el imv. En mi caso para el patrimonio solo computaria el dinero en banco, puesto que no tengo otros inmuebles (aparte de la vivienda habitual) ni otros activos financieros. Por eso durante el año 2022 puedo haber superado el dinero en cuentas durante algunos momentos del año y en otros momentos estar por debajo. Pero según la Ley lo que se tiene en cuenta es el dinero que haya a 31 de diciembre. Por tanto entiendo que no me extinguirian el cobro del imv.
#37

Re: Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Hola Ritek,estaba deseando que entraras al post,pues eres la persona( para mí) que mejor podrá contestar a la consulta planteada.
Quizás he pecado,por tratar de colaborar de utilizar la lógica( lo que nunca volveré a hacer,pues mi lógica seguramente esté muy lejos de la realidad) pero deduje que si en algún mes del año 2022 se supera el umbral de patrimonio ,aunque antes del 31 de diciembre se volviese a estar por debajo de dicho umbral,la ley del IMV se ha incumplido.
Por lo que dicen aquí no es así,por lo que voy a estar leyendo por si vd responde,así me quito el sentido de culpabilidad por haber confundido a un usuario y además aprendo .Gracias y saludos
#38

Re: Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Los saldos acumulados en cuentas bancarias se analizan a fecha 31 de diciembre y/o saldo medio del último trimestre, considerándose a nivel fiscal la más alta de ambas (o una, u otra) y en eso es Hacienda quien define las pautas y la S.S. supongo que se limitará a seguirlas sin más.
#39

Re: Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Como ya acabo de contestar ahora mismo, es correcto su planteamiento, con la excepción de qué se computa o el saldo a 31 diciembre o el saldo medio del último trimestre (se computa el mayor de ambos)
#40

Re: Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Gracias Ritek...una última pregunta .Si por ejemplo el 20 de noviembre superó el umbral de patrimonio pero el 31 de diciembre estoy por debajo,según lo que dice estoy incumpliendo el requisito de patrimonio?Gracias,por adelantado

#41

Re: Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Ah,saldo medio del trimestre,ya entiendo..mil gracias
#42

Re: Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Ahí se consideraría tal vez el saldo medio del ÚLTIMO trimestre del ejercicio fiscal (se suma el saldo que tiene la cuenta al cierre de cada día y ese importe se divide por la cantidad de días del trimestre) si es mayor que el saldo al 31 de diciembre.

De todas formas en la información fiscal que nos emite el banco cada año en mayo de cara al IRPF y patrimonio suelen venir indicados esos importes por cada c/c
#43

Re: Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Perfecta la explicacion
#44

Re: Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Por cierto tengo otra duda, en el Patrimonio para una persona pone que no puede ser superior a 20.353,62€ y después en otro apartado pone que mis activos no societarios no pueden ser superiores a 40.707,24€. Me podéis explicar a que se refieren esas cantidades? Adjunto pantallazos por si alguien lo sabe y me lo puede aclarar.
#45

Re: Revisión Patrimonio - Ingreso mínimo vital

Los activos es la suma de todo patrimonio más ingresos