Uf que lío... a ver si te lo aclaro... mira, en 2022 te abonaron 4916,30 euros de IMV en total pero te bajaría en la revisión de finales de 2022 (ya que miraron los ingresos del IRPF 2021 y te descontarían lo que tuvieses en la casilla 0018 del IRPF 2021) y luego ese importe lo seguirías cobrando en 2023 mes a mes actualizado con la subida de IPC que correspondiese... a finales de 2023, mirarían los ingresos del IRPF 2022 y te subió (no al máximo de 604,21 porque te descontarían algo de dicho IRPF 2022 que tuvieras de ingresos, llámalo bono térmico, becas de transporte de cursos de formación, intereses bancarios o lo que sea) por lo que tienes derecho a percibir ATRASOS de dicho periodo 2023 (ya que te subió a finales de 2023 con fecha de efectos enero de 2023, atrasos que entiendo no te han abonado todavía) de la misma forma que lo que ahora te reclaman son los COBROS INDEBIDOS del 2022 (que serán los 3803,85 que citas y que se los cobrarán descontándote 398,63 durante nueve meses y luego el pico que falta hasta esa cifra de 3803,85 -porque faltan doscientos y pico euros- en otro pago más).
En resumen, que es correcto que te reclamen DEUDAS del 2022 por cobros indebidos, pero también tienen que abonarte ATRASOS del 2023 si no lo han hecho ya (la cifra puedes sacarla cogiendo el importe que te abonaron por ejemplo en diciembre 2023, restándole el importe cobrado por ejemplo en marzo de 2023, y lo que te arroje multiplicado por diez meses, que será el total de ATRASOS de 2023 que te adeudan, suponiendo que no lo hubieses cobrado ya porque hubo gente que lo cobró a finales de 2023 y si todavía no lo has cobrado tranquila que en uno o dos meses lo cobrarás)
¿Se entiende o no se entiende?