Re: Procedimientos monitorios para el cobro de deudas de bajo importe
Si no ha cambiado recientemente un documento cambiario (pagaré, cheque, letra de cambio ....) no se puede (o al menos no se podía) ejecutar por procedimiento monitorio, con lo cual es preciso abogado y procurador, pero como esto ha cambiado recientemente por lo que veo se puede con documentos cambiarios http://www.cobratis.es/help/faqs/preguntas-frecuentes-sobre-el-proceso-monitorio observa esta:
¿Qué documentos necesito para acreditar mi deuda?
Documentación acreditativa de la deuda: Cualquier documento que justifique la deuda como pueden ser: Recibos, Facturas, Albaranes, Presupuestos, Pagarés y cheques, Contratos, Telegramas, Gastos de Devolución Bancarios, Carta, Fax, E-mail, , Hoja Libro Mayor…etc
*Nota: De incluirse efectos comerciales como Pagarés y cheques deben de adjuntarse también las facturas o albaranes correspondientes puesto que el efecto comercial no soporta por sí mismo la deuda al ser tan sólo un documento probatorio el modo de pago acordado con el deudor.
http://grupos.emagister.com/debate/juicio_cambiario_o_proceso_monitorio__/6530-136871
Si atiendes a esto, y aún cuando puedes iniciar la demanda a través de un proceso monitorio y bajo los modelos e instrucciones que se indican en este hilo, que son de "aficionado" al menos yo no soy abogado, el problema de una demanda de este tipo es que antes de la ejecución hay que demostrar que la deuda es cierta, porque como puedes observar incluso se puede iniciar sin mas documento que la factura, ahora bien si uno lo hace así, corre el riesgo que se le opongan a la deuda y tenga que demostrarla, si bien tras 20 días hábiles tras la notificación judicial el deudor no se opone es firme y se puede pedir la ejecución de bienes, la ventaja es que tu mismo la puedes presentar, no es necesario abogado hasta los 2.000 €.
En un proceso cambiario (que conozco poco, porque es tema ya de abogados) se supone que la deuda ya está demostrada con el propio documento, y la ejecución es mucho mas rápida, ahora bien, yo en tu caso tal vez tiraría por monitorio, cualquier abogado en un proceso cambiario de 1.000 € que te va a cobrar, es que si te cobra 300 pierde dinero, y si el deudor paga a la notificación judicial, cosa que no es tan rara, los 300 te los comes con patatas.....
Por cierto si al final tiras por ahí, en la ejecución, que el Juez te dará la opción en uno de los escritos de sentencia, indicando algo así como: Para la ejecución de la deuda sera suficiente con la mera solicitud ..... no esperes que en el juzgado se ocupen de localizar los bienes del deudor, los tendrás que localizar tu, por ejemplo podrás pedir al juzgado que solicite a Trafico si hay vehiculos, al Registro de la Propiedad si hay fincas, a los bancos (que tendrás que indicarle tu al Sr. Juez a cuales y en que domicilios) si tiene cuenta abierta, o a Hacienda si constan derechos por devoluciones de impuestos. Una vez tengas estos datos podrás pedir el embargo, pero un "Sr. Juez agarrar todo" pues no, primero tendrás que indicarle que pides, por ejemplo "la cuenta del Banco del Parque" y la embargan y resulta que consigues 300 € (a mi me ha pasado), pues estos ya son tuyos, pero seguidamente tendrás que pedir "mejora de embargo" y pedir por ejemplo la furgoneta matricula .......
Al final esto funciona bastante bien si estas pendiente de todo, y si lo haces tu por tu cuenta, te darás cuenta de que un abogado no te cobra 300 ó 500 € por no hacer nada, esto es bastante laborioso, y cuesta el mismo trabajo reclamar 100 que 100.000 ...... Y la gran pega es que si en el domicilio que tu conoces ya no están, el invento se va al cuerno, debes conseguir un domicilio donde le puedan notificar desde el juzgado, si esto no lo tienes, es un verdadero problema, y si consigues por ejemplo el domicilio particular del gerente o del administrador, intenta documentar como lo has conseguido, no para el Juez, al cual ni le preocupa, es por la ley de protección de datos.
Bueno si uno es de una ciudad pequeña, lo tiene muy fácil, en ellas nos conocemos casi todos los que tienen negocio, o los que tenemos cargos medios en las empresas, y solemos saber donde vive cada cual, ahora bien esto en Madrid capital no lo creo posible, pero siempre queda buscar compañías de informes que además de buscar cuentas empresariales o balances, localizan domicilios (no tengo ni idea del cómo) pero legal será porque bien que emiten una factura por los servicios de búsqueda, y no es muy caro, creo que la cosa puede costar 50 ó 100 €