No, este es el verdadero problema del monitorio, si no lo localizan no vale de nada, el juzgado te pide un nuevo domicilio, no se puede, por lo que sé, comunicar por edictos, ellos no sé que dice la ley en cuanto a localizarles, pero la práctica, al menos en Catalunya es que ni se molestan, o tal vez no tienen obligación alguna. No sería la primera vez que el juzgado en caso de autónomos extranjeros que han cambiado de domicilio y nos vemos obligados, a través de una compañía de localización, a buscar el nuevo domicilio, y te aseguro que estas compañías de cobran entre 60 y 100 € por ello y en demandas de cuatro perras, que es nuestro caso es un problema.
Esta es a la vez la ventaja del monitorio que el que recibe la demanda suele hacer una de estas dos cosas, una venir acojonado a pagar o llegar a un pacto de fraccionamiento, cosa que recomiendo aceptar en casos de bajos importes, o no decir nada, con lo cual a los 20 días hábiles ya tienes un título ejecutivo para embargar, si es que hay alguna cosa a su nombre.
¿Problema? con las sociedades, normalmente tienen un contable avezado y un asesor listo, y se te pasan por el forro, entonces si la empresa sigue viva tienes una posibilidad, yo lo llamo “tocar bien los co*****” y es pedir el embargo de alguna maquina o un vehículo, que “con tiempo y una caña” el juzgado va o precinta, porque esto no es como un coche particular que es difícil saber dónde está aparcado, en los de empresa los suelen encontrara ahí, y el precinto jode mucho ….. pero si la empresa ya no opera, lo del monitorio no te vale para nada, tendrás un escrito de “tengo la razón y me deben” si les pones un marco tendrás un cuadro para tu salón, pero el dinero ….pues no, dinero no.
Yo no iría al juzgado con una carta a pedir como está el tema, yo iría y pediría por la persona que se ocupa de ello, y como estos procesos no llevan abogado (menos de 2.000 €) esta persona te puede informar de que paso toca seguir ahora, luego vuelves con la carta según sus informaciones. Dos cosas, ir con la persona que firmó la demanda por el tema de protección de datos, y la otra es que normalmente y a no ser que te encuentres con el funcionario mas borde de España, te ayudarán, porque para ellos les dirás que como era poco importe y la ley lo permite lo has presentado sin concurrencia de abogado y procurador, pero por otro lado no eres experto en leyes, con lo cual solicitas si te pueden asesorar un poco, aunque no sea este su trabajo, contrariamente a lo que creemos o a la "voz populi" hay funcionarios amables y serviciales, que son mayoría, los “bordes” son 4 y el tato. Yo he presentado unos cuantos de importes como el tuyo o menores (300-400 €) y hasta hoy nadie de juzgado alguno me ha negado una respuesta, ni siquiera por teléfono, bueno un caso que por protección de datos tuvo que llamar el consejero Delegado, dar datos de su NIF, y de los poderes para que el funcionario pudiera comprobar que no daba información a cualquiera, y me parece bien.