Re: La regla de los dos meses, minusvalias
1ª entiendo que puedo compensar todas las minusvalias con las plusvalias y el saldo restan ponerlo en la declaracion de la renta (no sé en que casilla), perdidas a compensar en ejercicios futuros.
Sí, puedes compensar todo. Las casillas en las que se meten estas operaciones de compraventa de acciones son la 290 a 294 del RentaWeb. Si tienes resultado negativo, serán pérdidas a compensar con ganancias de los 4 años siguientes, sí.
¿Hay alguna consulta vinculante que confirme que al quedarme a cero acciones al 31 del 12 de 2016, puede compensar todo en el ejercicio 2016 incluso la perdida del bbva, independientemente de lo que haga en 2017, ya que eso se ajustaría en la declaración del 2017?
Que confirme que se puede compensar todo si te quedas a cero, sí la hay, pero que confirme que puedes compensar si has recomprado y vuelto a vender, no la hay.
Por cierto, pongo los interrogantes a la frase porque entiendo que es una pregunta lo que estás haciendo. Hay que poner cuidado al escribir.
2ª ¿O es prudente declarar la perdida del bbva, como perdida bloqueada com recompra de valor homogeneo?
Aunque no sea del todo correcto a ojos de Hacienda, no creo que pase nada si metes esa única operación como si no te hubieses equivocado. Yo la metería porque no creo que vaya a pasar nada, salvo que sea una operación de un importe muy elevado y la minusvalía de la que estemos hablando sea importante (varios miles de euros, por ejemplo). En ese caso, igual sí te arriesgas a una sanción si te hacen una inspección, pero si es poca cosa, yo la metería.
Vuelvo a poner los interrogantes.
Saludos.