Re: La regla de los dos meses, minusvalias
Si no entendí mal de tu primer mensaje, habías vendido todas las acciones de Banco Santander el 16/07/2015 y no tenías ninguna acción del banco a fecha 31/12/2015. Por tanto, puedes compensar todas las pérdidas con ganancias, independientemente de si cumpliste o no la regla de los dos meses. al quedarte sin acciones, las posibles minusvalías bloqueadas se liberan. Puedes compensar con todas las ganancias, sean del Santander o de cualquier otro valor, además de con plusvalías de fondos de inversión o de activos inmobiliarios. Todo entra en el mismo lote.
En cuanto a cómo meter los gastos de administración y custodia, debes sumarlos a los costes de adquisición, ya que son gastos deducibles que aumentan el precio de compra y reducen la posible plusvalía (y aumentan la posible minusvalía) en caso de venta. El Banco te facilita los datos por separado, en extractos o como sea, pero no suelen integrar todos los diferentes gastos, costes y comisiones que forman el precio de adquisición, que es la cifra que tienes que poner en la declaración. Eres tú (o quien te asesore en la declaración) quien debe hacerlo.