#713
Re: La regla de los dos meses, minusvalias
Hola!
Después de leer la normativa (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/manuales/ejercicio-2018/modelo-100/modelo-100/8-cumplimentacion-irpf/8_2-ganancias-perdidas-patrimoniales/8_2_1-conceptos-generales/8_2_1_1-concepto-ganancias-perdidas-patrimoniales/integracion-diferida-perdidas-patrimoniales-derivadas.html)
Me queda la siguiente duda.
En 2022 tuve pérdidas. Si en 2023 vendo una accion con plusvalías para aprovechar la compensacion con las pérdidas de 2022 y la vuelvo a comprar al día siguiente, me aplica la regla de los 2 meses?
La duda surge ya que la agencia tributaria dice explícitamente: "No se computarán como pérdidas patrimoniales las derivadas de las transmisiones de elementos patrimoniales, cuando el transmitente vuelva a adquirirlos dentro del año siguiente a la fecha de dicha transmisión."
Pero en mi caso no quiero aflorar pérdidas, si no beneficios.
Por tanto, me aplica la regla de los dos meses?
Gracias de antemano!
Después de leer la normativa (https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/manuales/ejercicio-2018/modelo-100/modelo-100/8-cumplimentacion-irpf/8_2-ganancias-perdidas-patrimoniales/8_2_1-conceptos-generales/8_2_1_1-concepto-ganancias-perdidas-patrimoniales/integracion-diferida-perdidas-patrimoniales-derivadas.html)
Me queda la siguiente duda.
En 2022 tuve pérdidas. Si en 2023 vendo una accion con plusvalías para aprovechar la compensacion con las pérdidas de 2022 y la vuelvo a comprar al día siguiente, me aplica la regla de los 2 meses?
La duda surge ya que la agencia tributaria dice explícitamente: "No se computarán como pérdidas patrimoniales las derivadas de las transmisiones de elementos patrimoniales, cuando el transmitente vuelva a adquirirlos dentro del año siguiente a la fecha de dicha transmisión."
Pero en mi caso no quiero aflorar pérdidas, si no beneficios.
Por tanto, me aplica la regla de los dos meses?
Gracias de antemano!