Re: Justificación deducción de vivienda habitual
Creeis que debería ir a Hacienda y hacer las complemetarias de estos cuatro años y así intentar librarme de la multa o esperar a que me llegue, o no...Ayuda,porfa
Creeis que debería ir a Hacienda y hacer las complemetarias de estos cuatro años y así intentar librarme de la multa o esperar a que me llegue, o no...Ayuda,porfa
Hola, si como dices solo tienes bajos consumos el primer año piensa que tienes 12 meses para ocupar el piso asi que igual no tienes problemas. Expon tu caso aqui, igual podemos ayudarte (cuando compraste, si te han reclamado y cuando, etc...) saludos
Gracias por responder¡Si, tengo muuy bajo consumo justo los 12 primeros meses, entones entiendo por lo que os he leído que sí que pueden...
Compre´en abril 2011 y empecé a tener grandes cosumos a partir de mayo 2012...Aún no me han reclamado.
No doy crédito al leer todo esto... de verdad. Con la cantidad de dinero que nos han robado entre todos ellos y del que jamás sabremos nada y se ponen a cuestionar si una ciudadana sencilla gasta más o menos luz ¡Madre mía! ¿Y si yo vivo con velas y como en "telepizza"?
Yo creo que en tu caso no te van a pedir nada. Desde que la compras tienes 12 meses para empezar a vivir en ella efectivamente. Por ejemplo. en mi caso, compre a finales del 2010 y lo que me reclamaban era 2012 (2011 no tenia porque tener consumo ya que estaba dentro de los 12 meses de plazo para ocuparla). Como mucho te podian reclamar que tenias que tener consumos ya en abril del 2012 y no en mayo, pero ya me parece mucho rizar el rizo, no creo que te vayan a pedir eso...
Si aun no te han reclamado nada yo en tu lugar estaria tranquila, como mucho tener bien puesto el padron y el domicilio fiscal para hacienda. Pero vamos, de empezar a hacer complementarias nada de nada, yo no lo haria, de hecho es que creo que no has hecho nada mal...que no te empadronaste a tiempo o cambiaste el domicilio fical? Eso no demuestras que no vivieras en tucasa y si como dices tienes consumos a partir de mayo...para mi esta claro, no deberias preocuparte. Saludos
Ojalá, ojalá... entonces divince estoy equivocada y tienes obligacion de habitarla después de un año o dentro de ese año?
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/_Segmentos_/Ciudadanos/Vivienda/Tributacion_de_la_compra_de_la_vivienda/Deduccion_por_inversion_en_vivienda_habitual/Condiciones_y_requisitos_de_caracter_general.shtml
Que el contribuyente la habite de manera efectiva y con carácter permanente, en un plazo no superior a doce meses, contados desde la fecha de adquisición o de terminación de las obras.
Muchisimas gracias de nuevo.Ya aprovechandome un poco de tu generosidad o de la de cualquiera que lo sepa, una úñtima duda. En caso de que te toque la china... hasta cuantos años pueden reclamarte?Es decir, si te reclaman en el 2017 de un piso que compraste en el 2007, qué años pueden reclamarte?