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Ganancias y perdidas patrimoniales por venta de piso heredado

4 respuestas
Ganancias y perdidas patrimoniales por venta de piso heredado
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Ganancias y perdidas patrimoniales por venta de piso heredado
#1

Ganancias y perdidas patrimoniales por venta de piso heredado

Voy a intentar explicar el caso con claridad:

1º.- 4/03/2009 fallece mi suegro, el cual, en régimen de gananciales, es propietario de un piso.

Según testamento, lega a su esposa el usufructo vitalicio universal de sus bienes con expresa relevancia de fianza e inventario e instituye herederos a partes iguales a sus dos hijos .

Luego entiendo que la viuda hereda el 50 % del piso, por ser gananciales, más del otro 50 % hereda 1/3.

En el impuesto de Sucesiones tiene un valor de 328.117,15 €

2º.- El 26/01/2011 fallece mi suegra por lo que la herencia es para los dos hermanos al 50%.

En el impuesto de Sucesiones tiene un valor de 290.164,43 € de los cuales 145.082,21 es el valor privativo de mi suegra.

3º.- En el reparto de herencia a mi mujer le corresponde una participación INDIVISA DEL PISO EQUIVALENTE AL 75 % DE SU VALOR (según escritura de fecha 11/08/2011) y a mi cuñado el 25 % restante.

4º.- En la misma fecha, 11/08/2011 se hace ESCRITURA DE EXTINCIÓN DE CONDOMINIO mediante la cual pasa la TOTAL PROPIEDAD DEL PISO A MI MUJER.

A efectos de la declaración del IRPF de mi mujer(Ganancias y perdidas patrimoniales) entiendo que habrá que hacer las siguientes operaciones:

1ª.- Ganancia o perdida patrimonial desde el 4/03/2009 (fecha fallecimiento de mi suegro) al 26/01/ 2011 (fecha fallecimiento de mi suegra) que a mi mujer le correspondería 16,67 %.
¿ Aquí debo tomar como valor el declarado en el Imp. De Sucesiones de mi suegro?

2ª.- Ganancia o perdida patrimonial desde 26/01/2011 hasta 11/08/2011 que a mi mujer le correspondería el 50 % ( ya que hasta la firma de escrituras los hermanos eran propietarios de toda la herencia al 50 %)

¿ Aquí debo tomar como valor el declarado en el Imp. De Sucesiones de mi suegra?

3ª.- Ganancia o perdida patrimonial desde la firma de escrituras (incluida la de EXTINCIÓN DE CONDOMINIO) hasta 20/01/2014, que se firma escritura de venta a un tercero,a mi mujer le corresponde el 100%

¿ Qué valor o valores debo tomar ?

En las escrituras se declara un valor de 290.164,43 €

#2

Re: Ganancias y perdidas patrimoniales por venta de piso heredado

1. No entiendo por qué le corresponde a tu mujer el 75% cuando pones que les corresponde por testamento a partes iguales, salvo que hubiera mas bienes y acordaran distribuirlos así.
2. Creo que no hay tantas operaciones como planteas ni mucho menos. En la extinción de condominio puede haber incremento o no, dependiendo de lo que hayais puesto de valor del condominio, y luego está el incremento de patrimonio de la venta final, y punto. el problema se limita a calcular esta última teniendo en cuenta que ha recibido partes del piso en distintos momentos y con distintos valores.
Lo normal es: valor del venta total menos mitad del piso valorada a precio de fallecimiento del primero+gastos más la otra mitad valorada a fecha de fallecimiento del segundo mas gastos.

Si los porcentajes no son al 50%, pues los que sean, y lo normal es que en la extinción del condominio se haya puesto el valor inicial y no haya surgido ningún incremento por lo que no influiría en el cálculo.
Salvo mejor opinión...

Un saludo

#3

Re: Ganancias y perdidas patrimoniales por venta de piso heredado

Respecto al punto 1º de su respuesta para que la herencia fuese a partes iguales, ya que, efectivamente, había otros bienes que los heredaba mi cuñado y para igualar le correspondía el 25 % del piso, de ahí la siguiente escritura de extinción de condominio, mediante la cual le abonábamos a mi cuñado el valor, en metálico de ese 25 %.
Respecto al punto 2º NO HUBO INCREMENTO NI DISMINUCIÓN por lo que mi cuñado declaró rendimiento 0

#4

Re: Ganancias y perdidas patrimoniales por venta de piso heredado

Se me olvidaba muchísimas gracias por la respuesta

#5

Re: Ganancias y perdidas patrimoniales por venta de piso heredado

El punto 1º no es como lo entiendes: tu suegra solo recibe el usufructo del piso, no parte de la propiedad. Por lo que al morir tu suegro, tu suegra se queda con el 50% del piso (que ya era suyo, no por herencia) y tu mujer y tu cuñado el 25%. En este caso, debería haberse pagado en Sucesiones tu mujer y tu cuñado por un valor de 328.117,15€ x 25% = 82.029,29€

En los puntos 2º y 3º, entiendo que la herencia de tus suegros se reparte para tu mujer un 75% del piso de tus suegros y a tu cuñado un 25% del piso de tus suegros más el privativo de tu suegra. Por lo que tu mujer recibe tras la muerte de tu suegra el 50% del piso más valioso. El valor aplicable al Impuesto de Sucesiones sería 328.117,15€ x 50% = 164.058,59€

En la compra-venta del 25% a tu cuñado, como te han dicho, no se produce ninguna ganancia patrimonial.

El Impuesto de Sucesiones no se paga por periodos sino que se paga en los 6 meses siguientes al fallecimiento (si se hace más tarde hay que pagar un recargo).

Guía Básica