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Hipoteca pagada al 100 pero titular al 50% - Deducción por vivienda habitual

24 respuestas
Hipoteca pagada al 100 pero titular al 50% - Deducción por vivienda habitual
Hipoteca pagada al 100 pero titular al 50% - Deducción por vivienda habitual
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#16

Re: Hipoteca pagada al 100 pero titular al 50% - Deducción por vivienda habitual

No esperes que cambie la normativa en ese aspecto, si acaso para suprimir la deducción definitivamente. La única posibilidad que veo de no perderla es que la casa siga siendo tuya al 100% y que igualmente la sigas pagando al 100% mientras exista el préstamo.

Un saludo

#17

Re: Hipoteca pagada al 100 pero titular al 50% - Deducción por vivienda habitual

Buenos días, Leopol72, a ver si me puedes ayudar.
el 11/7/12 firmé el contrato de compraventa de mi piso, que no se escrituró hasta julio de 2013. Hasta entonces mi marido se ha estado deduciendo el 100% de las entregas a cuenta en concepto de construcción de vivienda habitual y este año al hacer la declaración hemos incluido los gastos de constitución de hipoteca y yo ya he declarado el 50% de todo. En hacienda nos dicen que no tenemos derecho a las deducciones.
¿Qué puedo presentar para alegar?
Gracias.

#18

Re: Hipoteca pagada al 100 pero titular al 50% - Deducción por vivienda habitual

Lo primero, no puedes deducirte en 2014 unos gastos de constitución de hipoteca producidos en el año anterior.
Tampoco entiendo por qué se deducía antes el 100% tu marido, lo que hay que saber es quién es el dueño de la casa, a nombre de quién está la hipoteca y quién abona efectivamente las cuotas, todas esas cosas deben coincidir para poder deducirse, además de adquirir la casa antes del 31/12/2013.

Un saludo

#19

Re: Hipoteca pagada al 100 pero titular al 50% - Deducción por vivienda habitual

la titularidad y la hipoteca es de los dos y las cuotas se pagan de una cuenta común. Pero la entrada se la ha deducido él porque en el 2010 él abonó la señal del piso y las primeras cuotas hasta el contrato de compraventa de 2012 en el que ya aparecemos los dos. En la promotora nos dijeron que podía seguir él declarando el piso hasta la hipoteca. Lo que me dice hacienda es esto:

- La deducción estatal practicada por adquisición de la vivienda habitual es incorrecta, de acuerdo
con la disposición transitoria decimoctava de la Ley del Impuesto y la disposición transitoria
duodécima del Reglamento dei Impuesto.
- La deducción autonómica practicada por adquisición de la vivienda habitual es incorrecta, de
acuerdo con la disposición transitoria decimoctava de la Ley del Impuesto y la disposición
transitoria duodécima del Reglamento del Impuesto.
- No puede practicarse deducción en vivienda, al haber sido adquirida con posterioridad al 31 de
diciembre de 2012

#20

Re: Hipoteca pagada al 100 pero titular al 50% - Deducción por vivienda habitual

Es que no me acordaba bien, el fin de la deducción de vivienda es el 31/12/2012, no del 2013. Vamos que dicen que no procede porque comprasteis fuera del plazo para poder aplicarla.
Pero si el piso estaba en construcción, es aplicable esta consulta:

Informa


132814-ENTREGAS A PROMOTOR ANTERIOR A 1.1.2013


Pregunta

Contribuyente que entrega a cuenta al promotor antes del 1.1.2013 cantidades para la construcción su vivienda habitual ¿Tiene derecho a aplicar a partir de 1.1.2013 el régimen transitorio de deducción sobre la adquisición de vivienda?

Respuesta

Sí. Resultará de aplicación el régimen transitorio, por lo que el contribuyente podrá seguir practicando a partir de 2013 la deducción respecto de esa vivienda con independencia de la cuantía de su base imponible, tanto por las cantidades entregadas al promotor hasta el momento de la entrega como, en su caso, por las restantes cantidades que den derecho a la deducción una vez adquirida la vivienda (gastos de notario, registro, cuotas del préstamo hipotecario,…).

En este caso, salvo las ampliaciones excepcionales contempladas en la normativa del Impuesto, las obras deberán finalizar antes del plazo de cuatro años desde el inicio de la inversión, conforme al régimen de deducción aplicable en caso de construcción de vivienda habitual.

No obstante, cuando habiéndose satisfecho cantidades con anterioridad a 1 de enero de 2013, no hubiera sido posible practicar la deducción con anterioridad a dicha fecha por haber practicado deducción por una vivienda anterior en aplicación del artículo 68.1.2º de la LIRPF, se tendrá derecho igualmente a la aplicación del régimen transitorio respecto de las cantidades invertidas en la nueva vivienda que superen a las cantidades invertidas en anteriores viviendas en la medida en que fueron objeto de deducción.

Normativa/Doctrina
Disposición transitoria decimoctava.1 Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 Añadida L 16/2012 (27.12)Medidas Tribut Consolida Finanzas .
Consulta Vinculante de la D.G.T. V 0569 - 2011 , de 08 de marzo de 2011

Vamos, que tu marido SI PUEDE aplicarse la deducción por su 50%, lo que no está tan claro es que puedas tú, ya que no te dedujiste en ningún ejercicio anterior al fin de la deducción, de hecho, esta consulta va en ese sentido:

Informa


132805-APLICACIÓN A CANTIDADES INVERTIDAS ANTES DE 1.1.2013: REQUISITOS


Pregunta

¿En qué casos se tiene derecho a aplicar el régimen transitorio de deducción por inversión en vivienda habitual, manteniendo a partir de 2013 los mismos beneficios fiscales existentes en ejercicios anteriores?

Respuesta

El contribuyente podrá mantener a partir de 1.1.2013 el régimen de deducción por inversión en vivienda habitual vigente a 31.12.2012, siempre que con anterioridad a 1.1.2013 hubiera:
•Adquirido jurídicamente su vivienda habitual.
•Satisfecho cantidades destinadas a la construcción de su vivienda habitual.
•Satisfecho cantidades destinadas a rehabilitación o ampliación de vivienda habitual, siempre que estas obras finalicen antes de 1.1.2017. En caso de incumplimiento de este plazo, deberán regularizarse las deducciones practicadas.

En todo caso, resultará necesario que el contribuyente hubiera practicado la deducción por inversión en vivienda habitual en relación con las cantidades satisfechas para la adquisición o construcción de dicha vivienda en un período impositivo devengado con anterioridad a 1.1.2013, salvo que no hubiera podido aplicarse por haber deducido por otra vivienda anterior.

Normativa/Doctrina
Disposición transitoria decimoctava 1.a) y b) Ley 35 / 2006 , de 28 de noviembre de 2006 Añadida L 16/2012 (27.12)Medidas Tribut Consolida Finanzas .

Un saludo

#21

Re: Hipoteca pagada al 100 pero titular al 50% - Deducción por vivienda habitual

Buena días. Al hilo de tu respuesta. Si yo tengo sentencia de divorcio antes del 2013 donde específica que yo me quedo con la vivienda (la cual teníamos al 50%cada uno), pero yo la quito a ella de titular en 2015 (el banco no me dejó en su momento por el tema de la crisis). Tengo derecho a desgravar el 100% o tengo que desgravar el 50%?
Gracias de antemano.

#22

Re: Hipoteca pagada al 100 pero titular al 50% - Deducción por vivienda habitual

Hola!! Tengo una duda....vivo solo y pago el 100% de la hipoteca pero únicamente me desgravo el 50% ya que está a nombre de mi ex, sería posible desgravarme íntegramente el 100%?

#23

Re: Hipoteca pagada al 100 pero titular al 50% - Deducción por vivienda habitual

No, puesto que no tienes la titularidad del 100% de la casa.

Un saludo

#24

Re: Hipoteca pagada al 100 pero titular al 50% - Deducción por vivienda habitual

De acuerdo,muchas gracias por la respuesta,buenas tardes

#25

Re: Hipoteca pagada al 100 pero titular al 50% - Deducción por vivienda habitual

Buenos días. Quisiera plantear una duda respecto a este caso: Divorcio donde se adjudica el uso de la vivienda a la madre con los hijos menores. Se determina en el convenio que el padre debe pagar pensión de alimentos para los hijos y se hará cargo del pago del 100% de la cuota de la hipoteca de la casa que fue familiar ( que ha tenido que dejar tras el divorcio) por ser su situación económica actual mejor que la de la madre, que no puede hacerse cargo de ningún pago. Tras efectuar la declaración de la renta e intentar desgravarse el 100% de las cuotas soportadas, recibe comunicación de Hacienda diciendo que, a pesar de tener determinada por sentencia la obligación de este pago, únicamente puede deducirse el 50% del pago de la hipoteca ya que el préstamo está suscrito al 50% con su ex cónyuge. Puede entonces, la ex cónyuge deducirse el otro 50% aunque no lo esté satisfaciendo ella de manera que no se pierda esta parte de la deducción? Muchas gracias