Re: Exención por venta vivienda mayor de 65 años
Según eso (no necesidad de declararlo en el IRPF del ejercicio en que se vende...), significa que tampoco hay que reinvertir nada en otra vivienda, es así ?
Gracias y saludos
Según eso (no necesidad de declararlo en el IRPF del ejercicio en que se vende...), significa que tampoco hay que reinvertir nada en otra vivienda, es así ?
Gracias y saludos
Disculpe, es posible cambiar el domicilio fiscal con la Agencia Tributaria por vía electrónica, es decir, entrando en Sede Electrónica de la AEAT ?
Gracias
Respecto al empadronamiento, estando casado en régimen de gananciales, nos debemos empadronar mi mujer y yo ?
Gracias.
Heredé una vivienda como nudo propietario; falleció la persona que tenía el Usufructo Vitalicio y por ello pase a tener la vivienda como " propietario por consolidación plena propiedad".
El pasado año 2018 vendí esta propiedad, y por tanto ahora en unos meses tendré que hacer la declaración del IRPF y deseo preguntar lo siguiente : Cual es la fecha de compra por herencia, la de inicio como Nudo Propietario o la del fallecimiento del Usufructuario Vitalicio ??
Cual sería el precio de compra por herencia a declarar en el IRPF ?? (la compra como herencia fue hace unos 40 años)
Si no puedo averiguar dicho precio de coste, existe alguna otra forma de calcular dicho valor ??
Muchas gracias por colaboración.
Solo hay una fecha de adquisición, que es la de la nuda propiedad:
El valor de adquisición será el precio declarado en su momento en el Impuesto de Sucesiones, más los gastos que hayas pagado de notario, registro, impuestos de sucesiones o la "plusvalía" del ayuntamiento, tanto en la adquisición de la nuda propiedad como en la consolidación del usufructo.
Te agradezco tu información por tu información, ahora por lo que me dices, solo me queda averiguar (después de 41 años), cual fue el precio declarado en el Impuesto de Sucesiones.
Gracias