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Re: Importe del rendimiento neto previo obtenido como trabajador en activo discapacitado
Buenos días a todos,
Tengo varias dudas respecto a este tema, a raíz de pagos recibidos en 2021 que se corresponden con 2020, por lo que debo hacer una declaración complementaria del ejercicio 2020.
Tengo varias dudas respecto a este tema, a raíz de pagos recibidos en 2021 que se corresponden con 2020, por lo que debo hacer una declaración complementaria del ejercicio 2020.
En mi certificado de empresa de 2020, por el período trabajado, tengo 5968,84€ de retribuciones NO derivadas de IT, las correspondientes a IT ascienden a 13563,63€ y el total de gastos no deducibles, 1269,14€.
En el certificado de empresa de 2021 me salen atrasos correspondientes a 2020 de 2138,34€ de retribuciones NO derivadas de IT, que debo incorporar a mi declaración de 2020 mediante una complementaria.
Con esto tendría un total de retribuciones NO derivadas de IT de 5968,84€+2138,34€, es decir 8107,18€.
Utilizando una regla de tres simple me quedaría como sigue:
(8107,18€*1269,14€)/( 8107,18€+13563,63€)=474.79€.
(8107,18€*1269,14€)/( 8107,18€+13563,63€)=474.79€.
Si resto esta cantidad a las retribuciones NO derivadas de IT, obtendría 7632,39€, que es lo que debo meter en la casilla correspondiente.
El caso es que esos atrasos de 2138.34€ se deben a vacaciones no disfrutadas (por estar en situación de IT), y en el período de 2020 solamente he trabajado el mes de enero y 2 días de febrero. Si cojo las nóminas correspondientes a esos períodos, me sale un total de retribuciones 6361,46€ (ya deduciendo las correspondientes cotizaciones), de ahí mi duda en cuanto a la discrepancia de datos.
1. Por un lado, si esos atrasos se deben a vacaciones no disfrutadas, ¿puedo incluirlos igualmente como rendimiento neto previo obtenido como trabajador en activo discapacitado? Entiendo que sí, ya que en los datos fiscales me aparecen en el apartado retribuciones dinerarias y no en el de retribuciones dinerarias por Incapacidad Laboral, pero me gustaría tenerlo claro.
2. Y por otro lado, a la hora de calcularlo, es preferible que coja los importes de los datos fiscales (la regla de 3 planteada anteriormente), o bien los importes de la suma de las nóminas de los períodos en situación activa más la nómina en la que aparecen los atrasos correspondientes a 2021 (los 6361,46€)?
Si me pudierais arrojar luz sobre el tema os estaría eternamente agradecido.
Muchísimas gracias de antemano,
Un saludo,