#7126
Re: Incapacidad temporal - Seguridad Social
Buenos días, se extingue el contrato, pero no pierdes la antigüedad y por ley te lo tienen que "reservar" 2 años desde la resolución definitiva, imagino que ahora te han dado la demora de calificación, el pago depende, de si la empresa esta con mutua o directamente con el INSS, tendrás que preguntarlo y rellenar los formularios de pago donde corresponda...!
Saludos
Saludos