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Padre fallecido 1984, herencia aceptada en 2018 y casa se vende en una semana, impuesto IRPF???.
Buenas, comente algunos aspectos en otro foro pero ahora tengo dudas que creia tener claras.
Resulta que mi padre fallecio en 1984 y por aspectos diversos yo no acepte la herencia hasta 2018. En la aceptacion de herencia viene una casa que hacienda me ha valorado en 2018 por un importe de 265.000 euros. Cuando realice la liquidacion del impuesto de sucesiones y donaciones me resulto a pagar CERO EUROS por encontrarse el impuesto prescrito por haber pasado mas de 4,6 años.
Bien, la semana que viene realizo la firma de la venta de la vivienda por 260.000, la venta se realiza a perdidas por 5000 euros (valor de tasacion de Hacienda en el impuesto de sucesiones en 2018 fue 265.000) con lo que yo tenia claro que no iba a tener que pagar nada....pero leyendo en paginas he leido que la fecha de adquisicion de la vivienda por mi parte no es la de 2018 cuando se adquirio la vivienda, si no la fecha de fallecimiento de mi padre en 1984.
En definitiva tengo un lio hecho en mi cabeza.....yo ya no se si al hacer la venta ahora la semana que viene luego al liquidar en la declaracion de la rente la ganacia/perdida patrimonial se hace por la diferencia entre lo que me tasaron en el impuesto de sucesiones (que no tuve que pagar por estar prescrito) y el de venta o sin embargo voy a tener que realizar algun otro tipo de declaracion a parte por ser teoricamente la fecha de adquisicion de la vivienda la de fallecimiento de mi padre y tener que calcular la ganancia patrimonial desde 1984 hasta ahora que se vende.
Podriais ayudarme?. Gracias.
Resulta que mi padre fallecio en 1984 y por aspectos diversos yo no acepte la herencia hasta 2018. En la aceptacion de herencia viene una casa que hacienda me ha valorado en 2018 por un importe de 265.000 euros. Cuando realice la liquidacion del impuesto de sucesiones y donaciones me resulto a pagar CERO EUROS por encontrarse el impuesto prescrito por haber pasado mas de 4,6 años.
Bien, la semana que viene realizo la firma de la venta de la vivienda por 260.000, la venta se realiza a perdidas por 5000 euros (valor de tasacion de Hacienda en el impuesto de sucesiones en 2018 fue 265.000) con lo que yo tenia claro que no iba a tener que pagar nada....pero leyendo en paginas he leido que la fecha de adquisicion de la vivienda por mi parte no es la de 2018 cuando se adquirio la vivienda, si no la fecha de fallecimiento de mi padre en 1984.
En definitiva tengo un lio hecho en mi cabeza.....yo ya no se si al hacer la venta ahora la semana que viene luego al liquidar en la declaracion de la rente la ganacia/perdida patrimonial se hace por la diferencia entre lo que me tasaron en el impuesto de sucesiones (que no tuve que pagar por estar prescrito) y el de venta o sin embargo voy a tener que realizar algun otro tipo de declaracion a parte por ser teoricamente la fecha de adquisicion de la vivienda la de fallecimiento de mi padre y tener que calcular la ganancia patrimonial desde 1984 hasta ahora que se vende.
Podriais ayudarme?. Gracias.