Yo creo que no esta tan claro, se puede recurrir en cualquier caso.
En cualquier caso me referia a mi situacion personal, yo tengo derecho a 728€ aprox. por lo que en ningun caso me pueden embargar la prestacion mensual al no exceder el smi del 2021. Lo que no tengo tan claro, y que ya veo que usted es como minimo "experta" en dicho tema, a ver si me lo puede aclarar, es lo referido al ingreso de la retroactividad, ya que si lo consideran un ahorro lo pueden embargar, sin embargo corresponde a los meses que tenemos derecho a percibir con anterioridad, pero la ley solo especifica que no se puede embargar los salario/prestaciones correspondientes al mes en curso o al mes anterior.
Y otra cuestio a ver si alguien puede arrojar luz, es tiene los mismos efectos sobre el imv un embargo de una entidad privada financiera que un embargo de una institucion publica como por ejemplo Haciendo?