Hola a tod@s de nuevo,
Salvo que presentases la solicitud después de la modificación normativa de septiembre, te aplicarán la redacción previa que exigía no superar el 50% del límite respecto los ingresos de 2019. Si la cantidad que te correspondía eran 8600, se presupone que en 2019 no debías superar los 4300 €.
Por mi parte, espero que, excepcionalmente, apliquen a las solicitudes, incluidas las anteriores a la modificación, la actual redacción que no exige tal requisito.
Saludos.