Claro y si para el 30 de septiembre no lo has solicitado, ya no podrás hacerlo. Otra cosa es que en la solicitud algo no les cuadre y luego te pidan explicaciones aparte, que también es posible, claro.
Y eso de que se cobrará "a partir de enero de 2023" traducido puede ser que te lo ingresen en enero, febrero, marzo, abril, etc. y ten en cuenta que contará como ingreso en la renta de dicho ejercicio, igual que fueron en su momento las ayudas del plan PIVE, etc.