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Estado solicitud ingreso minimo vital

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Estado solicitud ingreso minimo vital
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Estado solicitud ingreso minimo vital
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#54046

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Gracias por su tiempo  esta perfectamente explicado pero realmente no lo tengo muy claro  la cuestión es que yo en 2024 año en curso ganaría 2600€ netos es decir el año que viene en enero 2025 seguiría cobrando la misma cuantía imv? O me descontaría los 2600€ del total anual? Ejemplo cobro 16.176€ anual € con ayuda infancia me restan esos 2600€ en el año es decir cobraría 13.576€ o como es ? Eso es lo que quiero saber
Gracias y perdón 
#54047

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

De los 2600 ganados por renta de trabajo se te aplicaría un incentivo al empleo de 600 euros.
Los otros dos mil se te restarían de tu imv.

#54048

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Perfecto muchas gracias por su tiempo me a servido de gran ayuda 
#54049

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Te lo restarán pero para la actualización de 2026 es decir esos 2600€ que has ganado en 2024 lo declararás en la renta q se haga en mayo de 2025 y se te ajustará la cuantía para noviembre de 2025 por lo que cobrarás 13mil y pico lo q has dicho entre 12 meses del 2026 
#54050

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Vale me queda claro pero el único problema es que cada uno dice algo diferente entonces realmente no sabemos lo que puede pasar ya que para mi no queda claro lo del incentivo entonces,xk la persona que me contestó ayer me comentó otra cosa asin que no sabe uno que es mejor trabajar o no hacerlo jajaja
#54051

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Yo llevo cobrando el IMV y trabajando solo los fines de semana desde el día que salió la ayuda, y se te resta 2 años después ahaha, además ten en cuenta que si trabajas generas subsidio o paro y estás obligado a pedirlo si te pertenece, cosa que también restan. Mucho cuidado con eso xq al actualizar se genera deuda, pues no te calculan lo que has cobrado de más hasta 2 años después y para ellos durante el año que trabajas y cobras IMV te están dando de más por tanto cuando actualizan lo debes y te lo restan de golpe de cada mes dejándote únicamente por ley el 30% de lo que te corresponda ese año. Sinceramente y como opinión personal, el incentivo es muy muy poco, lo menos perjudicial para cobrar el IMV es o cobrar el IMV sin ningún otro ingreso o trabajar jornada completa sin cobrar el IMV, las dos cosas no salen bien a la larga sales escaldao. 
#54052

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Muchas gracias por tu explicación todo muy bien detallado,bueno pues haber que hacemos si trabajamos o no xk realmente si lo van a descontar o quitar no merece la pena dado el sueldo que es xk si fuese que voy a ganar 2500€ al mes pues a trabajar y hasta luego imv pero para ganar casi ídem creo que no interesa asin está el país que no queremos trabajar yo incluido,deberían poner un tope salarial y que la gente pueda trabajar por un sueldo y recibir imv 
#54053

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Efectivamente! 
#54054

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Ritekg tengo una duda, para cuando revisen el Patrimonio y en concreto el dinero en el banco (el que habia a 31 de diciembre de 2023) que cantidad tienen en cuenta como máximo? La cuantía de 2024 que es el año en que estamos y que es 21750€ o la de 2023 que era 20340€.
#54055

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

No es exactamente el que tuvieses a 31 de diciembre en el banco, es ese o el saldo medio del 4T, el mayor de ambos el que Hacienda nos imputa como patrimonio.

Si nos actualizan ahora y miran con el IRPF 2023, pues entiendo que los umbrales son las cuantías máximas del 2023.




#54056

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Pero si alguien solicita el IMV este año, ponen como máximo el umbral de este año y no los 20000 que son de 2023. Por eso creo que tendrán en cuenta el umbral de 2024 pero no estoy segura. Y te preguntaba por si tú lo sabías pero veo que tampoco.
#54057

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Hay mucho trasfondo en el asunto, porque si tú pides el IMV este año, ¿te miran el IRPF de este año (que harás el año que viene) para concederte el IMV o el del año anterior?  y si es el del año anterior, ¿aplicarán los umbrales de este año como tú indicas (ojalá fuese así) o los vigentes del año anterior?

¿Y cuándo aportará Hacienda a la Seguridad Social la información fiscal de patrimonio del 2024 de esa persona?, porque hasta que no hagamos la renta el año que viene, se cierre dicha campaña del IRPF 2024 allá por junio de 2025 y Hacienda consolide dicha información para ofrecerla a terceros (que en la práctica no sería hasta el uno de julio de 2025) esas cifras del 2024 para cada contribuyente es que no existen disponibles.

Igual el que tarden más de un año en tramitar solicitudes es porque aguantan dar el visto bueno hasta acceder a consultar dicha información... o igual no y son solo paranoias mías...
#54058

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Hola,mi idea es que el umbral que miran es que no supere el 300% de la renta garantizada del año en curso,en este caso los 21750 que citas.
Pero como bien dice Riteckg la seguridad social tendrá conocimiento de tu patrimonio de 2024 cuando se actualice en octubre/noviembre de 2025,por lo que si a finales de 2024 tu patrimonio es mayor a esos 21750 euros puede que cobres el imv de enero a octubre de 2025,y en la actualización te retiren el imv por pasarte de patrimonio y te exijan la devolución de esos diez meses de imv.
#54059

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

Pues sí, es un escenario totalmente factible... por eso mejor que lo que tengamos en el banco durante el año en curso, que ni se acerque mucho ni rebase el límite de patrimonio de nuestras unidades de convivencia, al menos durante el cuarto trimestre.
#54060

Re: Estado solicitud ingreso minimo vital

El IRPF osea los ingresos son los del año anterior,  porque como bien dices obviamente el IRPF de 2024 es imposible de tener en cuenta porque hasta abril de 2025 no se puede saber. 

Pero para el tema del Patrimonio piden que no se haya superado los 21750€ (en caso de una persona) es decir, el umbral de este año pero aplicado al Patrimonio que se tuvo el año pasado. Lo he comprobado haciendo una simulación de solicitud.