Dependerá de si tu nómina mensual es inferior, igual o superior a la retribución del IMV que te correspondiera.
Si es igual o superior, te la denegarán.
Si es inferior, recibirás la diferencia entre tu nómina y lo que te corresponda de IMV.
Es decir, si tu unidad familiar estuviera compuesta por 1 persona, tu IMV sería 470 euros mensuales. Pero si en tu trabajo ganaras 400 euros, tu IMV sería de 470-400= 70 euros mensuales.
Esto siempre en el caso de que tu IMV haya sido un caso excepcional de urgencia por Covid, porque en estos casos tienen en cuenta tus ingresos actuales.
Si tu procedimiento es ordinario, tendrán en cuenta tus ingresos anteriores, que estando ya a finales de año, se resolverá en 2022 y será la media mensual de tus ingresos en 2021 los que usarán de referencia para conocer tu IMV resultante.