Yo os comparto la información de la que dispongo, directamente de los tramitadores del imv de mi comunidad autónoma (gente a la que conozco y está en ese servicio).
La actualización de la cuantía respecto a la renta de 2020 se hace desde madrid, en la seguridad social de vuestra zona no están haciendo nada.
Es un proceso informatizado pero el problema está con el cruce de datos con hacienda, no se hacen todos a la vez. También hay que tener en cuenta que tienen que cruzar dichos datos de todas las personas mayores de edad de la unidad de convivencia.
En la seguridad social de la zona de cada uno solo están tramitando las solicitudes del imv o incidencias respecto a dichas solicitudes, etc.
Todo el que os de una fecha está haciendo suposiciones ya que no saben, debido a la cantidad de expedientes que se tienen que actualizar lo que el sistema puede tardar, teniendo también en cuenta que la agencia tributaria tiene que cruzar no solo los datos de las personas que percibien el imv sino todo tipo de prestaciones dependientes de la seguridad social.
Con esto no pretendo animar ni desanimar a nadie, pero es la realidad.
Todas las suposiciones pueden suponer falsas expectativas o desilusiones para la gente que las lee por aquí y no creo que estemos en situación de más falsas especulaciones.
También me confirman desde dentro que las rentas mínimas de inserción, los salarios sociales, etc., no son computables como ingresos (las RAI si son computables), por lo tanto se pueden recurrir y se están reintegrando dichos importes, está en la gana de la gente a batallarlo. Esto está legislado en el artículo 18.1.e) del Real Decreto Ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el ingreso mínimo vital.
Espero sirva mi comentario para alguien.