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Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

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Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años
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Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años
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#16

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Buenos días, tengo una duda a ver si me podeis ayudar: tengo una IPT de 653,51 eu al mes en 14 pagas, estaria dentro del limite del 75% del SMI de 2022???? gracias de antemano.
#17

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

No, en cuanto lo pases a 12 pagas superas los 750€ mes.
Aparte, si hablamos del subsidio para mayores de 52 años, debe saber que en el momento que le concedieron la IPT puso a 0 el contador para la jubilación, por lo que podría no cumplir los requisitos para la jubilación 

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#18

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Disculpad que utilice este hilo para comentar el "truco" que menciona Bacalo.

Existe una sentencia (STS 2192/2004) según la cual se concedió una pensión no contributiva a una persona a la que previamente se la denegaron porque tuvo algunas plusvalías de bolsa. Es decir, que no deberían haber contado el valor de la transmisión (de las acciones) como ingreso, sino sólo la plusvalía (si la hubiera). Y le concedieron la pensión.
Lo cual me lleva a pensar, siguiendo el ejemplo de Bacalo, que si alguien tiene 1 millón en fondos (o acciones), y las vende de manera que obtenga plusvalías de por ejemplo 1.000 euros al año (u obteniendo pequeñas rentas si son fondos de reparto), según la sentencia ¿no tendría pleno derecho a la pensión o subsidio, aunque tenga 1 millón en fondos? ¿Por qué dices que "no cuela"?

¡Saludos!
#19

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

de entrada, estás hablando de 2 normativas distintas:
-El subsidio de desempleo tiene su forma de calcular los ingresos, y ahí entran los ingresos "presuntos" del patrimonio, como los fondos, que no produce rendimiento salvo que se vendan
https://www.sepe.es/HomeSepe/Personas/distributiva-prestaciones/que-se-considera-renta.html
-la pensión no contributiva tiene otras reglas, y no hay ingresos "presuntos", solo los de verdad, y la imputación de rentas de inmuebles que es norma del IRPF.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2009-18478

Esa sentencia que citas, es lógica, es una barbaridad que te tomen el bruto de una venta patrimonial, debe ser solo la ganancia. Pero es que también ha habido alguna sentencia para rescate de planes de pensiones, si no recuerdo mal en relación a la solicitud del subsidio: aunque los planes de pensiones se consideran rendimiento del trabajo por todo lo cobrado, la sentencia dijo que solo se debe tomar la ganancia que ha habido entre aportaciones y lo cobrado. Y el SEPE lo que te dice ahora es que se lo desgloses tú, porque ellos no lo saben.

Así, en el subsidio te van a calcular el rendimiento "presunto" al tipo legal del dinero del capital que continúe inmovilizado en el fondo, que es lo que fastidia a la persona que abrió este hilo, aparte de tomar la ganancia de lo que vayas vendiendo. Mientras que para una pensión no contributiva, no se computaría dicho rendimiento presunto por no estar recogido en la normativa, solo la ganancia de lo que se venda.
#20

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Las explicaciones que habéis dado respecto a los fondos me han quedado muy claras. Con los depósitos creo que también, aunque me queda alguna duda. 

Pregunté si mi madre podía reembolsar los depósitos que tiene sin penalizaciones, y me dijeron que sí puede, pero con pérdidas, porque cotizan en los mercados y por lo tanto, fluctúan. Ahí están mis dudas.

Es cierto que tienen un interés explícito con sus retenciones correspondientes firmadas en contrato, así salen cuando hace la Renta, y si los dejas hasta el vencimiento tienes el capital asegurado. Mi duda es si no entra en el 3% del valor del dinero al cotizar en los mercados y poder tener pérdidas (como es el caso), si los reembolsas.

Lo digo porque no voy a arriesgar a ponerlos así y que me computen con el 3%. Que no lo haría por los intereses que genere, ya que son muy pequeños, sino por no tener todos los ahorros en la cuenta corriente. Pero lo que no voy a hacer es arriesgar el subsidio por ponerlos así si no es seguro. 
#21

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

si te dan un interés explícito, no puede haber rendimiento presunto. Si los vendieras con ganancias antes del vencimiento, entonces tendrías un rendimiento adicional. Es como los bonos del Estado, los de las autopistas o los de ciertas empresas como Telefónica: te pagan un interés periódico pero también se pueden vender en un mercado secundario donde el precio va variando.
Lo único que, aparte de este tema para el subsidio, tienes que valorar la garantía que te da realmente ese depósito estructurado (si cuenta con la garantía de la entidad financiera, o solo del producto financiero que haya detrás, que probablemente sean préstamos hipotecarios, o o a empresas, y donde siempre corres el riesgo de que quiebre y no paguen, si no te lo garantiza además el banco).
#22

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Vale, imaginaba que era así, pero tampoco soy un experto en estas cosas.

Me dijeron que no podían tener ganancias, aunque sí pérdidas si se reembolsaban antes del vencimiento. Lo que me extrañó, porque si cotizan y pueden tener pérdidas, también deberían poder tener ganancias.

Pero como es un producto diferente a los fondos es posible que sea así. Ya digo que sé de estas cosas lo justito, pero por lo que dices, entiendo que si tiene las mismas condiciones que mi madre no debería tener problemas en ponerlos así.

Y sí, al menos los de mi madre tienen la garantía del Santander.
#24

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Hola buenos días, 
Querría consultarte, por si me puedes ayudar; mi caso es que tengo un fondo de inversión; de 20.000€ del que soy titular y que deseo vender; con perdidas patrimoniales. ¿En este caso me afectará al cobro de mi subsidio de mayores de 52 años? Mi duda, es ya no por la ganancia patrimonial que no tendría; sino  por el apartado que se refiere al rendimiento presunto del patrimonio, fondos de inversión o planes de jubilación, aplicando a su valor el tipo de interés legal vigente.... 

Muchas gracias por su información. 
#25

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Mientras no vendas,   a esos 20.000 euros se les aplica el 3% (50 euros mensuales)
Si no tienes otras rentas,  que sumadas en su conjunto,   no superan los 750 euros,  NO te afecta.
Si vendes en pérdidas,    no hay ganancia patrimonial; tampoco te afecta.


#26

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años



Según te he entendido, y como seguro que lo tendré que vender. ¿Entiendo que no me afecte a mi subsidio a nivel de que me lo puedan quitar?, ya que el incremento mensual sería de un 3% del valor patrimonial, y con pérdidas patrimoniales


Muchas gracias por la aclaración
#27

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

El rendimiento presunto del 3% es anual,  no mensual.
Haga sus números:
¿Tiene rentas que sumadas a los 50 euros de renta mensual presunta del fondo supera los 750 euros ?
Ahí está la cuestión. 

#28

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

como te dicen, vender un fondo de inversión con pérdidas no puede perjudicarte en el cobro del subsidio, ya que no hay ingresos adicionales,  y hagas lo que hagas con ese dinero una vez liquidado el fondo, no te van a imputar más del 3% de rendimiento presunto -salvo que consigas un depósito a un tipo superior, que ahora mismo no lo hay, o lo inviertas en algún sitio en que obtengas unas ganancias fabulosas-.

#29

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Pero como ese 3% ya se estaba imputando previamente con el dinero invertido en el fondo de inversión, hay dos opciones.
1.- No afecta en nada, todo sigue igual
2.- El subsidio estaba más reconocido porque tiene ingresos superiores al 75% del SMI y debería devolver todo lo cobrado.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#30

Re: Compatibilidad Fondo de inversión con Subsidio 52 años

Teniendo ese patrimonio en fondos de inversion con una renta presunta  de 50€ al mes, lo cual no supone causa de suspension, ni sumados a otros ingresos como alquiler 
Habria que declarar en la DAR ese patrimonio?
Un saludo