Las explicaciones que habéis dado respecto a los fondos me han quedado muy claras. Con los depósitos creo que también, aunque me queda alguna duda.
Pregunté si mi madre podía reembolsar los depósitos que tiene sin penalizaciones, y me dijeron que sí puede, pero con pérdidas, porque cotizan en los mercados y por lo tanto, fluctúan. Ahí están mis dudas.
Es cierto que tienen un interés explícito con sus retenciones correspondientes firmadas en contrato, así salen cuando hace la Renta, y si los dejas hasta el vencimiento tienes el capital asegurado. Mi duda es si no entra en el 3% del valor del dinero al cotizar en los mercados y poder tener pérdidas (como es el caso), si los reembolsas.
Lo digo porque no voy a arriesgar a ponerlos así y que me computen con el 3%. Que no lo haría por los intereses que genere, ya que son muy pequeños, sino por no tener todos los ahorros en la cuenta corriente. Pero lo que no voy a hacer es arriesgar el subsidio por ponerlos así si no es seguro.