Si te refieres a la “renta anual” a efectos de la solicitud de ayuda de la maternidad, es decir como maximo 30.000 € en declaración individual o 36200 € en conjunta, te diré que, indirectamente si pues su importe ya viene minorando la casilla correspondiente. En su momento yo tuve la duda de que consideraban que era eso de la “renta anual”, en la Consejeria tampoco me lo aclararon y ya en este foro se aclaró: “Para determinar el cumplimiento del requisito de renta, se considera la base imponible general y del ahorro, casillas [0435] y [0460] de la declaración del IRPF, respectivamente”, y del último período impositivo con plazo de presentación vencido. Si se presenta ahora, la declaración del 2024 cuyo plazo de presentación venció el 30 de Junio.