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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#361

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Muchas gracias, te puedo preguntar otro tema?
Mis padres cobran la deducción por descendiente con discapacidad por mi hermano. Se pueden deducir los gastos del dentista de mi hermano en su declaración? Gracias. 
Sé que este tema no va aquí, pero veo que entendéis. 
#362

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Esa deducción implica que sea menor de 25 años junto con otros requisitos.
Los gastos del dentista desgravan dependiendo de la comunidad autónoma como Canarias o Cantabria.
Los descendientes incluidos en el mínimo familiar pueden deducirse estos gastos. Si se deduce por descendiente con discapacidad es que lo pone para el mínimo familiar también.

https://as.com/actualidad/economia/puedo-desgravarme-el-dentista-los-gastos-medicos-y-la-compra-de-gafas-en-la-renta-y-en-que-casillas-se-deducen-n/

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#363

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Yo creo que lo pregunta es otra cosa.
Yo entiendo que antes de meter el ajuste, el resultado final seria practicamente 0, nada pagar , nada a devolver.  
Aun que hubiera tenido una retencion de por ejemplo 1.500 euros por sus ingresos.
Y ahora con el ajuste, se le reduce la base y por tanto pagara menos y es posible, le salga a devolver 1.500 euros, que fue lo retenido.
Pues en ese caso si le devuelven integros los 1.500 pavines, ni un pavo mas ni menos, maximo lo que le hayan retenido.
Yo creo que eso lo que pregunta 
#364

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Gente que haya solicitado la devolución de los años anteriores,  2019-2022 con el inicio de esta campaña, alguien sabe algo? O ha cobrado? 
#365

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Yo estimo que por lo menos entre 3 y 6 meses
#366

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Ahora están en plena campaña 2023. Hasta que no acabe...
Calculo lo de 2019-2022 para navidades. Mejor... con intereses de demora aunque no sé si desde 2019, desde que el TS dictó sentencia o desde que el contribuyente lo solicita.

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#367

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Aunque me preocupa bastante, que ante la avalancha de miles de millones que tienen que soltar, algo pase, en inventen o sabe dios .
Yo hasta que no tenga la pasta en cuenta, me cuesta creer que esto sea una realidad.
#368

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Intereses desde el año 2019
#369

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Pregunta solo por saber, no es mi caso afortunadamente.
Si el pensionista ha fallecido hace poco, también los herederos pueden solicitar el formulario para los no prescritos, e incluso le debe aparecer en la renta del 2023 el ajuste?
#371

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Gracias!
Y una reflexión, si el pensionista falleció en 2018 y cotizó a mutualidades.... pues pagó de más el pobre y dinero para papá Estado.
#372

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Gracias. Lo de la construccion, no sabia, ya veremos que pasa.

He presentado el formulario, porque si no entra la construccion, por lo menos me tendrian que recalcular los 4 años atras que me han recalculado, ya que me han metido en el divisor mas años de lo que deberian. Pero que yo creo que en esta declaracion al 99% que no les da tiempo y no me hacen nada, con el follon que deben tener.

Hasta hace 1 mes, pensaba que si en el borrador no me habian aplicado la reduccion del coeficiente 3,02%, yo en la casilla 003, a capon lo hacia. Es decir que si mi pension es de 40k, a mano quitar el 3% y poner 38,8k para que al final del todo, mas o menos me salga a pagar en vez de 2.500, pues 2.100, unos 400 euros menos, que es lo que me dieron por cada año del 2018 a 2022.

Ahora todo ha cambiado, me voy a esperar a la ultima quincena de junio, a ver que pasa. Como lo normal es que no hagan nada, la declaracion la hare como esta, sin tocar, y ya reclamare mas adelante, porque si no la voy a liar mas. A dia de hoy, todo sigue igual, acabo de mirar el borrador y los datos fiscales, y no me aparece ninguna reduccion sobre mutualidades.
En fin. Salu2






#373

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

A mi padre le acaban de desaparecer de los datos fiscales los -1.800 euros que le figuraban, tal cual
Madre mía la que están liando
#374

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Yo he puesto una velita a San Pancracio para que no le quiten los -12k a mi padre.
Y la declaración ya presentada el día 3 de abril antes de que dijeran de esperar al día 20abril.

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#375

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Lo de la construcción te lo puedo asegurar de primera mano, precisamente a mi son los años que estuve en ese sector los que me dan lugar a la minoración sin yo haberla solicitado.

El problema está/estaba en que la mayoría de las empresas de esas épocas ya no existen y muchas mutuas tampoco, al principio cuando se empezó a mover todo esto (hace más de un año) la AEAT solicitaba certificados de las mutuas ó las empresas para dar su aprobación y la mayoría de afectados se quedaban fuera, yo no lo solicité por esto precisamente.

Para más dificultad el INSS no estaba informatizado antes del 1980 y mucha información en cuanto a cantidades cotizadas se perdieron, no así los años en los que se estuvo de alta ya que son vitales para calcular la pensión.

En cuanto a que procedan a compensar con intereses de demora…lo dudo, está por ver, el INSS cuando la movida del Complemento de Maternidad aplicado a los hombres (2016/2021) al principio había que acudir al Juzgado de lo Social para que soltasen la pasta, yo mismo tuve que hacerlo, y que yo sepa a nadie le han aplicado intereses de demora, y hablo de juicios que se celebraban al cabo de más de 2/3 años de haber hecho la solicitud. Espero equivocarme.