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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
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#856

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Genial, esta muy claro, es la mejor aclaracion de este tema.  Gracias
#857

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Y pienso yo:
- En la renta 2022 paga 100€.
- En la renta 2022 con el ajuste puesto devuelven 373€.

Resultado: Le tienen que devolver 100+373=473€
¿O no?

Una cosa es el resultado de la declaración y otra cosa el balance entre la antigua y la nueva.

Cuando se dice que con la DT2 devuelven, no es que la declaración te salga a devolver, sino que el balance suele ser a devolver.

Si pagas 100€ y al meter la DT2 te sale a pagar 20€ nada más, no tienes que pagar 20€ sino que te devuelven 80€.

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#859

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Gracias por Ignorarme Pilusa95
#860

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Con la reclamación le devuelven 373€. El hecho que haya pagado 100€ es irrelevante, lo he puesto por completar los datos de la declaracion original, pero no tienen ningun efecto.
Le devuelven 373 si es que tiene "saldo" con Hacienda, por supuesto. Si ha pagado 100, ya tiene 100€ de saldo seguro. El resto hasta 373, dependerá de las retenciones parcticadas.
En resumen: le devuelven 373€
#861

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Totalmente de acuerdo contigo. 
Por añadir algo, indicar que de esos 100 euros pagados en el 2022, hacienda si que tendría que pagar intereses de demora al 3,75%, 
#862

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Yo creo que los intereses por demora de los 4 años reclamados, se produciran pasados seis meses de la finalizacion de la campaña actual, en el caso no hayan pagado los atrasos.  Pero vamos es una suposicion mia.
#863

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Bueno @falopio, pues ahora le estoy dando vueltas y tengo mis dudas sobre tu respuesta: supón que se hubiera hecho la declaración en el 2023 y sale, con los ajustes de mutualidades que ya estuvieran implementados en esa fecha, a devolver 373 euros con lo que no tendrías que haber pagado los 100. Por esta lógica creo que  ahora tendrían  que devolver los 375 más los 100 pagados incorrectamente. 
#864

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Así es. Hacienda contempla 2 tipos de situaciones para la DT2 y los intereses de demora:

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#865

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Aquí un ejemplo real:

En la renta 2019 presentada en su día le devolvieron -1.915,46€, tras meter el ajuste DT2 le sale a devolver -4.305,83€.

El balance de lo que le darán -2.390,37€ del año 2019 es la diferencia de las 2 declaraciones.
No habrá intereses de demora desde 2019 ya que no pagó nada. Los habría desde 6 meses tras echar el formulario.

De 2023 ya ha cobrado los 3k y le faltan los 10k de 2019-2022.

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#866

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

Ya, pero en el ejemplo que pones en todos los casos le habían devuelto, ahora con los ajustes sale a devolver más y lógicamente sale a devolver la diferencia. (P. ejemplo: si  habían devuelto 1000 y ahora le sale ha devolver 3000, pues le tienen que ingresar 2000)
Si no he entendido mal, el ejemplo que decía el compañero era que el en la declaración del 2022 pagó 100 euros, con los ajustes ahora sale que le devuelven 373. Y preguntaba si le devolverían 373 ó 473. A mi manera de entender, y ojo puedo estar equivocado, serían 473. Y yo planteaba la lógica de que si hubiera presentado la declaración en el 2023 (la del 2022 ) y que ya estuvieran implementados estos ajustes de la mutualidad, le habrían devuelto 373 euros y no tendría que haber abonado 100 euros; por lo que ahora le tendrán que devolver esos 373 más los 100 euros pagados incorrectamente. 
#867

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

En el caso que expones, le tienen que dar 473.

En todos los casos lo que dan es declaración actual menos declaración anterior.
Antes +100, ahora +20 = 20 - 100 = -80
Antes +100, ahora -50 = -50 - 100 = -150
Antes -100, ahora -120 = -120 - (-100) = -120 +100 = -20

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#868

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

 
El cálculo que yo hago y que indico como “devolución” del IRPF, NO es el nuevo resultado de la declaracion de 2022 (la que salía a pagar 100), sino el DIFERENCIAL entre los 2 declaraciones de renta (con y sin la deduccion DT2). 

Es decir, técnicamente, lo que digo es que la CUOTA INTEGRA disminuye 373€ si se incluye la deduccion DT2. 

Por tanto da igual que la declaracion original salga a pagar o a devolver: el diferencial son 373€. 
#870

Re: Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF

@trescantos, a pesar de llevar sólo unos días en este foro, soy mayorcito y ya me he dado cuenta de quien está para ayudar y quien no…., creo sinceramente que tu caso es este último. Era un tema de interpretación (o para ser exacto de mala interpretación por mi parte) y que ha dejado claro @falopio y  @monillo en sus contestaciones.