#1
Finca principal y vinculada
Cuando se alquila una finca con parquing hasta una máximo de 2, las referencias catastrales de los aparcamientos se pueden poner como "inmueble accesorio" porque el alquiler es conjunto.
Bien, en el caso de la propiedad de una finca con una referencia catastral y la contigua que son dos aparcamientos, en el empadronamiento municipal no te aceptan, al menos por las buenas, poner las dos referencias catastrales, porque la segunda en sus registro figura como aparcamiento, es más, paga el impuesto de entrada de garaje, por las dos puertas.
El problema es que a efectos de IRPF, ahora que nos hemos ido a vivir ahí, está finca que no es más que un garaje accesorio a la vivienda, nos supondrá poner en IRPF un 2% de su valor catastral son más de 2.000 eur, está finca de garaje tiene 85 m2. Hoy es planta baja, pero urbanisticamente se podría convertir en planta más 2, uní o plurifamiliar, de ahí que tenga un catastral alto.
Si calculamos un tipo medio en IRPF DEL 25% son más de 500 euros de cuota tributaria cada año.
¿Tenemos alguna solución? A mi se me ocurre hacer una instancia al ayuntamiento para que considere también el garaje como vivienda habitual, pero de conseguirlo, cosa que no me parece fácil ¿se pueden poner las dos referencias como vivienda habitual?
Bien, en el caso de la propiedad de una finca con una referencia catastral y la contigua que son dos aparcamientos, en el empadronamiento municipal no te aceptan, al menos por las buenas, poner las dos referencias catastrales, porque la segunda en sus registro figura como aparcamiento, es más, paga el impuesto de entrada de garaje, por las dos puertas.
El problema es que a efectos de IRPF, ahora que nos hemos ido a vivir ahí, está finca que no es más que un garaje accesorio a la vivienda, nos supondrá poner en IRPF un 2% de su valor catastral son más de 2.000 eur, está finca de garaje tiene 85 m2. Hoy es planta baja, pero urbanisticamente se podría convertir en planta más 2, uní o plurifamiliar, de ahí que tenga un catastral alto.
Si calculamos un tipo medio en IRPF DEL 25% son más de 500 euros de cuota tributaria cada año.
¿Tenemos alguna solución? A mi se me ocurre hacer una instancia al ayuntamiento para que considere también el garaje como vivienda habitual, pero de conseguirlo, cosa que no me parece fácil ¿se pueden poner las dos referencias como vivienda habitual?