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Finca principal y vinculada

10 respuestas
Finca principal y vinculada
Finca principal y vinculada
#1

Finca principal y vinculada

Cuando se alquila una finca con parquing hasta una máximo de 2, las referencias catastrales de los aparcamientos se pueden poner como "inmueble accesorio" porque el alquiler es conjunto.

Bien, en el caso de la propiedad de una finca con una referencia catastral y la contigua que son dos aparcamientos, en el empadronamiento municipal no te aceptan, al menos por las buenas, poner las dos referencias catastrales, porque la segunda en sus registro figura como aparcamiento, es más, paga el impuesto de entrada de garaje, por las dos puertas.

El problema es que a efectos de IRPF, ahora que nos hemos ido a vivir ahí, está finca que no es más que un garaje accesorio a la vivienda, nos supondrá poner en IRPF un 2% de su valor catastral son más de 2.000 eur, está finca de garaje tiene 85 m2. Hoy es planta baja, pero urbanisticamente se podría convertir  en planta más 2, uní o plurifamiliar, de ahí que tenga un catastral alto.

Si calculamos un tipo medio en IRPF DEL 25% son más de 500 euros de cuota tributaria cada año.

¿Tenemos alguna solución?  A mi se me ocurre hacer una instancia al ayuntamiento para que considere también el garaje como vivienda habitual, pero de conseguirlo, cosa que no me parece fácil ¿se pueden poner las dos referencias como vivienda habitual?
#2

Re: Finca principal y vinculada

A efectos del IRPF, la única posibilidad para que se considere que forman parte de la vivienda habitual, es que estén en el mismo edificio y se hayan adquirido simultáneamente con la vivienda.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Finca principal y vinculada

los inmuebles que constituyen la vivienda habitual del contribuyente están expresamente excluidos de esta imputación, así como sus anexos, siempre que se transmitan o utilicen conjuntamente.


¿El garaje puede considerarse anexo a la vivienda habitual?

 Sí, puede serlo, aunque tenga una referencia catastral distinta, si se utiliza conjuntamente con la vivienda y no se destina a alquiler ni a actividad económica. La clave está en demostrar que forma parte de la unidad de vivienda habitual. Esto se evalúa caso a caso.
En muchos casos, cuando el inmueble anexo (como el garaje) tiene una referencia catastral independiente, la Agencia Tributaria permite que no se impute renta si se justifica que es parte del uso residencial habitual.

#4

Re: Finca principal y vinculada

soluciones posibles:


  1. Incluir el garaje como parte de la vivienda habitual en la declaración de la Renta, siempre que se use como tal, y se pueda justificar su uso conjunto:

    • Misma dirección postal.
    • Uso exclusivo como garaje para la vivienda.
    • No arrendamiento ni cesión.
    • Que el contrato de compraventa/uso incluya el garaje como anexo.
  2. No sería necesario que el Ayuntamiento os acepte el empadronamiento con ambas referencias catastrales, si bien sería un apoyo administrativo adicional. En realidad, la clave está en la interpretación de Hacienda, no del padrón.
  3. Conservad documentación que lo pruebe: contratos de compra, escrituras donde se identifique la vinculación funcional del garaje a la vivienda, declaraciones previas de IBI agrupadas, etc.





#5

Re: Finca principal y vinculada

La casa es el número 21 y el garaje el 23, pero se adquirieron conjuntamente el mismo momento, a través de cumplimento de legitima.
#6

Re: Finca principal y vinculada

Se adquiere conjuntamente a través de legitima, pero no es la misma dirección postal ....la casa es el número 21 y el garaje el 23, son contiguas.
#7

Re: Finca principal y vinculada

pues claramente no es un anexo de la vivienda habitual ni nu ca lo fue, las hayas adquirido como las hayas adquirido 
#8

Re: Finca principal y vinculada

No importa que no coincida exactamente. Mi caso es igual al tuyo: bloque de cuatro portales en que no coincide el número de la vivienda habitual con el número del garaje (ni siquiera el nombre de la calle) y nunca me han dicho nada.

Un saludo.
#10

Re: Finca principal y vinculada

Sin problema y desde siempre.

La vivienda habitual se encuentra en un bloque que da a tres calles distintas (cuatro postales) y el garaje se encuentre en una de ellas. El domicilio del garaje no coincide ni la calle ni obviamente el número donde se encuentra. Número de plazas: dos. Compradas conjuntamente con la vivienda.

El criterio que sigue la Agencia Tributaria:

 
Si bien, en principio, la adquisición de plazas de garaje no se asimila a la de la vivienda propiamente dicha, en relación con dicha excepción, el criterio de éste Centro Directivo, es que para que se produzca tal asimilación será necesario que las dos plazas de garaje se encuentren en el mismo edificio o complejo inmobiliario de la vivienda y que la adquisición, tanto de la vivienda como de las plazas de garaje, se produzca en el mismo acto, aunque puede ser en documento distinto, entregándose todas en el mismo momento.

 
Copiado de consulta vinculante : V1975-05.

Un saludo.
#11

Re: Finca principal y vinculada

pero en su origen, no cuando las hereda, no eran vivienda habitual más anexo (garaje);sino 2inmuebles independientes 
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