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Vender vivienda habitual antes de 3 años?? Ayuda, por favor

11 respuestas
Vender vivienda habitual antes de 3 años?? Ayuda, por favor
Vender vivienda habitual antes de 3 años?? Ayuda, por favor
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#1

Vender vivienda habitual antes de 3 años?? Ayuda, por favor

Hola. Buenos dias .
Mi caso es el siguiente:
El diciembre pasado compre la mitad del piso (es mi vivienda habitual) que tiene mi pareja (no estamos casados), ella lo compró en 2003 y no es su vivienda habitual porque tiene un apartamento de VPO (vivienda habitual de ella).
Lo que quería saber es en qué casos puedo vender el piso sin tener que devolver lo desgravado hasta el momento, teniendo en cuenta que tenía cuenta vivienda y me tocaría devolver unos 7000 euros, cifra considerable. Si nos casaríamos?, si cambio de empleo en mi misma comunidad? Yo trabajaba en Logroño y el piso que compre está a 10 kms., ahora estoy desempleado cobrando la prestación, la cual se me termina en verano del 2012. Tendría algún tipo de salida si quiero vender el piso aunque sea más barato, sin tener que devolver esos 7000 euros desgravados. Ah! Lo quiero vender para comprar otro con mi pareja e invertir el todo el dinero en la vivienda que comprásemos? Gracias por adelantado. Un saludo

#2

Re: Vender vivienda habitual antes de 3 años?? Ayuda, por favor

Para que una vivienda se consolide como habitual , se ha de mantener habitada , al menos durante TRES años.

Si se vende la vivienda antes de estos TRES años , al no haber obtenido la condicion de habitual , se han de devolver las deducciones aplicadas mas los intereses de demora que le correspondan.

Existen algunas excepciones para seguir considerandola habitual.

Se entenderá que la vivienda tuvo aquel carácter cuando, a pesar de no haber transcurrido
dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran circunstancias que necesariamente exijan el cambio de vivienda, tales como separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o de empleo más ventajoso u otras análogas.

Saludos

#3

: Vender vivienda habitual antes de 3 años?? Ayuda, por favor

Buenas tardes!! Tengo mi vivienda que en diciembre del 2108 hará 3 años que la compré y me gustaria venderla antes de 3 años, seria posible? si cuando venda la vivienda comprase otra antes de dos años? No tendria que tributar no?

#4

Re: : Vender vivienda habitual antes de 3 años?? Ayuda, por favor

La segunda vivienda, la podrías comprar ya.

No obstante si no quieres tributar por la que piensas vender, tienes que habitar en ella al menos 3 años. A no ser que  la venta este motivada alguna por de las excepciones: traslado laboral, matrimonio o separación...

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_Segmentos_/Ciudadanos/Vivienda/Tributacion_de_la_compra_de_la_vivienda/Exencion_por_reinversion_de_la_vivienda_habitual.shtml

Un saludo.

 

#5

Re: : Vender vivienda habitual antes de 3 años?? Ayuda, por favor

Pensaba que no tenía que tributar. Y si compro otra vivienda cuando venda la vivienda donde ahora vivo tengo un plazo de 2 años en comprar no? He de paga algo? diría que no si utilizas el dinero de la venta en invertirlo en otra vivienda.No se si me explico
Gracias

#6

Re: : Vender vivienda habitual antes de 3 años?? Ayuda, por favor

Efectivamente, tienes un plazo de dos años desde que vendes tu vivienda habitual habiendo residido ininterrumpidamente tres años en ella. Y si obtienes una ganancia por la vivienda que vendes, no tributas si el importe que obtengas de la venta lo destinas a la adquisición de la nueva.

Pero si no lo reinviertes en otra vivienda habitual (por ejemplo porque te vas tres años a una vivienda de alquiler) y obtienes una ganancia, tributarías por ella.

Un saludo.

#7

Re: : Vender vivienda habitual antes de 3 años?? Ayuda, por favor

Muchas gracias. Así que aunque luego compre una vivienda y no tribute ahora he de esperar 3 años en vender la actual para así no pagar no?

#8

Re: : Vender vivienda habitual antes de 3 años?? Ayuda, por favor

En la que vivas ahora para que se considere vivienda habitual, debes de vivir ininterrumpidamente  tres años.

Una vez que haya pasado ese plazo y la vendas, si existe ganancia patrimonial en la operación pero el importe obtenido lo reinviertes en otra vivienda habitual, la mencionada ganancia estaría exenta del IRPF.

Y en la nueva vivienda, tendrías obligación de vivir en ella otros tres años para considerarla como habitual.

Es decir y diciéndolo de otra manera, que la exención opera cuando vendes una vivienda habitual y el importe obtenido lo destinas a la compra de otra vivienda habitual. Y para considerarse vivienda habitual, es requisito imprescindible habitarla al menos durante tres años.

Un saludo.