A mi me pasaba igual cuchox, de ahí mi pregunta en mi tweet del primer post de este hilo, no me entraba.
Según parece, el Fogain no cubre a los fondos de inversión individualmente (tweet anterior a mi pregunta), sino que te cubriría si por ejemplo delegas la gestión de tu cartera a tu Gestora (respuesta a mi tweet). En ese último caso, si declaran a esta Gestora que te lleva la gestión insolvente y tienen efectivo tuyo pendiente de invertir (lo que está invertido se supone que te pertenece como participe y no debe estar en sus balances)... ese efectivo estaría cubierto. O si en lo que está invertido, siempre en ese caso en que que delegas la gestión (prestación de servicio), pues por ejemplo dicha Gestora comete fraudes y se dedica a desviar dichos fondos hacia sociedades de constitución fraudulenta para así hacerlos suyos (caso Gescartera, aunque esta fue convertida a Agencia de Valores... todas son AV en los procesos abiertos actualmente https://www.fogain.es/informacion-para-el-inversor/procesos-indemnizatorios-abiertos).
Es interesante leer este extracto, sacado precisamente de un artículo del 2001 de MS cuando comenzaba el caso Gescartera (siempre aprendemos cuando pasan estos casos), sobre los mecanismos previstos por la ley para garantizar los intereses de los pequeños inversores que tienen depositados sus ahorros en fondos de inversión:
"En primer lugar, es necesario recordar el papel fundamental que juega la entidad depositaria en cuanto al control y supervisión de la actuación de la entidad gestora. Esta entidad depositaria además debe asumir su parte de responsabilidad (si no ha cumplido con sus obligaciones) en caso de perjuicio que afecte directamente a los partícipes del fondo.
Por otra parte, la sociedad gestora, como cualquier otra empresa, también debe someterse a una auditoría externa realizada por una entidad independiente.
Por último, no conviene olvidar que la CNMV tiene entre sus funciones la inspección de las sociedades gestoras, la detección de eventuales infracciones y la imposición de sanciones."
Fuente: http://www.morningstar.es/es/news/23451/sobre-la-seguridad-de-los-fondos.aspx
Bueno, resumiendo, que el Fogain en principio cubriría la prestación del servicio de inversión cuando delegas la gestión de tu cartera, pero en ningún caso a un fondo individualmente, por lo que a la mayoría que nos autogestionamos nuestra cartera no nos cubre para nada el Fogain. Por otro lado, recordar que nosotros como participes somos propietarios de nuestras participaciones y no deben estar en el balance de banco, firma gestora o depositario y por tanto en base a eso no corremos peligro. Otra cosa es que dentro de un fondo individualmente se puedan cometer fraudes...por complicidad del Depositario, auditoría mediocre o inexistente del Auditor, o ineficiencia de la CNMV...
De todas formas no estaría mal que Rankia se asesorara sobre esta materia, así como del asunto de las Gestoras y Depositarios que pertenecen al mismo grupo, etc... e hiciera una webinar o entrevista al mencionado abogado o a cualquier otro especializado en la materia, porque no se ustedes, pero yo veo muy muy poca dedicación de los medios, profesionales y lo que es peor de los organismos regulatorios!!... para facilitar información sobre esta materia tan importante para los inversores en fondos de inversión.
S2