He consultado el folleto informativo de las tarifas máximas de Mapfre (nº registro oficial 63, en vigor desde 3-5-2017), que he descargado hoy mismo desde la web de dicha entidad, y no encuentro confirmación de la comisión por cambio de comercializadora en los términos que se exponen en tu post #460 (1,5% y máximo de 200 euros), términos que también corrobora Daniel Pérez Alegre en su post #478, por lo que supongo que serán correctos.
¿Serías tan amable de indicar qué tarifas has consultado y en qué apartado o página de las mismas aparece dicha comisión?
En el folleto que yo he consultado, en su página 13, aparece la siguiente referencia, que tengo dudas si se refiere a este supuesto, y, en todo caso, son tarifas máximas:
OPERACIONES DE CUSTODIA Y REGISTRO DE ACCIONES O PARTICIPACIONES DE INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA (IIC´S):
Tramitación de alta o baja de saldos de IIC extranjeras por cambio de la entidad comercializadora en la que se hayan de registrar dichos saldos o posiciones:
% sobre efectivo: 0,50
Mínimo por operación: 60,00 euros
Puede parecer un trato menos gravoso que la otra versión de la comisión antes mencionada, pero, en realidad, a mí me parece que sería menos ventajoso, ya que no señala un importe máximo.