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Clausula Contrato Alquiler: Dudas

34 respuestas
Clausula Contrato Alquiler: Dudas
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#25

Re: Clausula Contrato Alquiler: Dudas

Bueno,
Finalmente, y auqnue no me lo creo, han aceptado todos los cambios y encima ME LAS HAN MEJORADO!!!!
Sólo me queda dos dudas:
1. En el contrato ahora pone: Las partes acuerdan un importe en concepto de alquiler mensual de 550,00-€ (quinientos cincuenta euros), pagaderos en los 5 primeros días del mes.

Incluye la cuota arriba indicada, la cuantía de 50,00.-€ mensuales hasta alcanzar la cifra de 2.500,00.-€ (dos mil quinientos euros) en concepto de obras del jardín trasero (50 mensualidades).

Ahora se entiende claramente que los 50€ del jardín están incluidos dentro de los 550 € mensuales, ¿no?

2. En la parte que hace referencia al seguro indica: "La arrendataria se obliga a contratar un seguro en el contenido de la vivienda.El arrendador se obliga a suscribir un seguro sobre el continente de la vivienda.
En el supuesto caso que un siniestro afectara a la estructura de la casa o a los bienes que la arrendadora entrega a la arrendataria descritos en el punto IX sobre Estado de la vivienda y mobiliario, la propiedad tendrá derecho a cobrar del seguro que suscribe la arrendataria en la parte que le corresponda."

Entiendo que debe modificarlo indicando que el seguro que realiza la parte arrendataria debe cubrir la indemnización a la parte arrendatora en el caso de siniestros imputables a la arrendataria que afecten a la propiedad o bienes de la parte arrendataria. Si cubro "mi contenido" eso a la parte arrendatora le debe dar igual, ¿no?

Gracias por adelantado.

Saludos,

Marta

#26

Re: Clausula Contrato Alquiler: Dudas

Lo del seguro es opinable, hay quienes entendemos que como caseros debemos asegurar todos los bienes que nos pertencen, sean estos de continente o de contenido, dejando al inquilino asegurar sus bienes, entre otras cosas porque ninguna aseguradora cubrirá bienes sobre los que no tenemos interés, de hecho creo que esto está detallado en la ley del seguro, uno no puede cubrir algo en lo que no tiene interés asegurable.

Ahora bien, el inquilino si que puede asegurar los bienes del casero, porque si tiene interés asegurable, ya que su contrato de alquiler le obliga a una serie de cosas, entre ellas la conservación de la finca, y devolverla en el estado en que la recibió.

Dicho de otro modo, yo no puedo asegurar los portátiles de los estudiantes inquilinos, porque no son míos, y no puedo cobrar una indemnización por algo que no me pertenece, pero ellos si pueden asegurar la vitro, aunque sea mía, porque su contrato le obliga a devolverla en su estado inicial, o éste menos el desgaste por el tiempo transcurrido.

Aquí la negociación ya no la veo tan clara, si él no asegura la parte del contenido, tendrás que hacerlo tú, no se trata de leyes, es una mera cuestión de pactos entre vosotros.

Yo por ejemplo incluyo en los contratos de alquiler el tema del mantenimiento de las instalaciones, que va a mi cargo (bueno mío y de mi señora, porque las fincas nos pertenecen en indiviso) esto si el precio del alquiler es ligeramente mas alto que otros pisos similares, solo un poquito ¿porque incluyo el mantenimiento? pues a medio plazo es barato, muchos de mis clientes (*)  si tienen que pagarlo ellos, si son un poco "manitas" se arreglan las cosas ellos, pero el riesgo de chapuzas es grande, y si se trata de pintura no es un problema gordo, pero como se metan en temas de eléctricos o de gas, es peligroso, y no quiero ser responsable si hay una desgracia, una caldera de gas, un quemador de gasóleo en mal funcionamiento es tóxico !!!!!!! te diré mas, tengo a un inquilino de hace muchos años, y él mismo llama a mis industriales, que obviamente confirman la petición "oye me ha llamado Pérez que dice que la caldera no va bien.... vale, pásate por ahí, ya sabes si es por uso pago yo, si es por otra cosa, tendrá que pagarlo él, vale, como siempre ..."  

Te aseguro que la mayoría de inquilinos valoran esto como un servicio especial y no les importa que mi alquiler sea 10 ó 15 € al mes mas caro que otros, y como casero es rentable, porque cuando un inquilino se va, no tienes que reformar todo el jodido piso, solo limpieza, pintura si lleva muchos años ahí, y eso sí, cambiar la campana extractora y lavar o cambiar las cortinas.... joder ¿es que nadie limpia las campanas extractoras? un apartato nuevo de estos puede costar entre 80 y 120 €, y si tienes que mandar a una empresa de limpieza se tiran 2 ó 3 horas en puta campana quitando la grasa de hace 4 años !!!!!. Las cortinas igual, a veces es mas barato ir al Ikea y comprarlas nuevas, que llevarlas al tinte que te pueden cobrar 7, 8 ó 10 € la pieza, cuando nuevas y sencillas, te pueden costar 12 ó 15 cada una !!!!

(*) No tengo inquilinos, tengo "clientes", el matiz es relevante, a un cliente se le respeta, se le atiende, porque es un generador de ingresos recurrentes y sostenibles, no sé, habré tenido suerte, pero hasta hoy no he tenido ningún cambio de inquilino que tras ver el piso, no se pueda solucionar con una escoba y una fregora, vale, en alguna ocasión nos han hecho falta un par de pasadas de dicha escoba o fregona !!!! nada mas que eso !!!!
 

 

#27

Re: Clausula Contrato Alquiler: Dudas

Me alegro de tus mejoras, el sentido común debe primar, y eso parece que ha ocurrido contigo, porque el casero habrá visto que eres un cliente que le interesa !!!!

#28

Re: Clausula Contrato Alquiler: Dudas

Gracias por la respuesta W. Petersen.
Veo lógico que yo asegure tambien los bienes del contenido que me presta el propietario. Tambíen tengo pensado cubrir 6000 € de continente, esto básicamente para poder tener la responsabilidad locativa frente a un siniestro imputable a mí y del cual el propietario pudiera reclamarme los daños causados.

#29

Re: Clausula Contrato Alquiler: Dudas

Es que además la prima de continente es muy barata, comparada con la contenido, pero ojo estos 6.000 € "a primer riesgo" que no entres luego en infraseguro, si es a eso del primer riesgo significa que la compañía solo pagará hasta 6.000, si lo haces con un mediador de seguros bueno, y lo hay, te explicará bien esto del primer riesgo, yo no soy nada experto en seguros !!!!

#30

Re: Clausula Contrato Alquiler: Dudas

Yo alucino,he sido inquilino muchos años y soy casero,he tenido la suerte de tener caseros buenos pero he visto cada uno en la búsqueda de nueva vivienda que...pero algunos rozan el esperpento.Yo intento portarme con mis inquilinos por lo menos como mis caseros se portaron conmigo,no hay que ser un vampiro para ganar dinero.S2

#31

Re: Clausula Contrato Alquiler: Dudas

W. Petersen, en eso ya me he informado con la aseguradora, la cuestión e que te obligan a contratar una parte de continente ( normalmente sólo dejan entre 6000 y 20000 al inquilino) para poder tenre la responsabilidad civil locativa, que es la que te cubre ante reclamaciones del propietario ante siniestros que afecten al continente y sean imputables a nosotros. Esta Responsabilidad suele tener un máximo de 300.000€. Es decir, cubriría la reclamación hasta un máximo de 300000€; más que suficiente aunque tire la casa abajo.

#32

Re: Clausula Contrato Alquiler: Dudas

Es que no se trata de "portarse bien", solo ponerte en la piel del inquilino, y si lo eres, lo sabes mejor que yo, (lo he sido en alguna ocasión por razones de trabajo) entonces si haces cosas lógicas, a medio plazo beneficia a la finca, y muchas veces al ver como van las negociaciones, hablando con la persona, ya ves si te interesa o no, te puedes equivocar pero menos .... y desde luego vigilar con las agencias, vale que son útiles pero la decisión no pueden tomar ellos, porque normalmente todo les parece maravilloso, y no es así, van a la comisión y punto. 

Hace un par de semanas, una empleada de la empresa dónde trabajo ¡Se tiene que cambiar la caldera de la calefacción, es mas vieja que la tos, es una marca que ya no fabrica calderas de gas! ¿que alega el casero? pues que él no vive ahí y que no es su problema, que cuando alquiló la vivienda funcionaba bien !!!, al final después de mucha negociación, la chica ha conseguido que le rebaje 50 € el alquiler, pero será ella quien correrá con el gasto del cambio !!!!