Buenas noches:
Soy afectado Caixa Galicia. Hipotecado desde 2007. Dentro de la macrodemanda de Adicae. Parece ser que no nos afecta la resolución de septiembre. Y Adicae dice que lo mejor es demandar individualmente o en grupos agrupados contra cada banco. Os adjunto documentacion Recibida. Le consultado el caso a Federico. A ver que nos dice.
Madrid, 5 de Diciembre de 2017
Información a afectados por cláusulas suelo BBVA, Cajamar y Abanca
Reclamación de las cantidades pagadas indebidamente con anterioridad a mayo de 2013
«Nombre_titular» «Apellido_1_titular» «Apellido_2_titular»
«Dirección»
«CP»
, «Localidad»
(«Provincia»
)
Estimado/a,
Como usted sabe, su expediente como afectado de “cláusula suelo” de BBVA, Cajamar o Abanca fue en su día incluido en la Macrodemanda de ADICAE (PO 471/2010). Tal y como se le informó con respecto a su entidad,
ésta no fue objeto de condena en la sentencia de la Macrodemanda, dado que ya había sido condenada por el Tribunal Supremo en mayo de 2013 de forma colectiva, aunque ello no impide que se demande de forma individual solicitando la retroactividad total de intereses.
Por ello, se le recomendó en febrero de 2017 presentar la reclamación extrajudicial aprobada mediante Real Decreto-Ley 1/2017 de 20 de enero para obtener
la devolución de las cantidades pagadas en exceso antes de mayo de 2013.
Transcurridos más de tres meses desde que se le recomendó interponer la reclamación extrajudicial si no ha obtenido respuesta por parte de su entidad, o en caso de que ésta haya sido negativa; en definitiva,
si no ha resuelto el problema a través de la reclamación extrajudicial, se le ofrece mediante la presente la posibilidad de presentar de nuevo
demanda judicial para la devolución total de los intereses cobrados de más a causa de dicha cláusula.
A pesar de que en Abril de 2016 la Macrodemanda de Adicae obtuvo sentencia en la que ya se declaraba la abusividad y nulidad de la cláusula suelo con carácter general, a pesar de que el Tribunal de Justicia de la U.E. dictase en diciembre de 2016 que en las demandas de cláusula suelo en las que se dictase nulidad, la devolución de intereses cobrados en exceso debía de ser total (sin las limitaciones que imponía el T. Supremo español), y a pesar de que desde enero de 2017 todos los juzgados (incluido el T. Supremo español) están dictando sus sentencias a favor de los consumidores retirando la cláusula suelo y concediendo retroactividad total, las entidades bancarias mantienen un comportamiento deleznable sin atender en la mayoría de las ocasiones las reclamaciones extrajudiciales de los consumidores obligándoles a acudir a la vía judicial para resolver el problema
.
Con estas demandas, en las que a partir del hecho de que la cláusula suelo ya ha sido declarada nula por el Supremo
se reclama la devolución de las cantidades que el banco cobró indebidamente hasta mayo de 2013 en aplicación de esos “suelos”, los afectados de BBVA, Cajamar y Abanca tienen la posibilidad de recuperar lo que estas entidades les deben y que cobraron en exceso normalmente entre 2009 y 2013.
Para presentar demanda por la cláusula suelo es necesario que el titular de la hipoteca sea persona física (no jurídica), que la hipoteca recaiga sobre una vivienda (no un local comercial, solar, terreno rústico, etc.), y el dinero obtenido con la hipoteca debe haber sido destinado a la adquisición de la vivienda (no a un negocio u otros fines).
Siguiendo
los principios de defensa colectiva de Adicae como asociación de consumidores, se presentarán demandas agrupadas por provincias o por partidos judiciales (según la competencia territorial de los juzgados) siempre que sea posible.
Los requisitos necesarios para poder presentar y ser incluido en una DEMANDA AGRUPADA son:
1º.- Que haya un
mínimo de 5 afectados por cláusula suelo con la
misma entidad bancaria originaria, (independientemente de que después de la firma de escritura dicha entidad haya sido absorbida por otra entidad bancaria), de la
misma provincia o partido judicial, y con redacciones de la
cláusula suelo similares. Todo ello para facilitar la acumulación de la demanda cumpliendo los requisitos normativos de competencia territorial y agrupando a los demandantes por situaciones similares.
2º.- Que
el consumidor no haya firmado acuerdo de ningún tipo con la entidad bancaria sobre la cláusula suelo (ya que dicho acuerdo deberá impugnarse expresamente y esto solo se puede hacer a través de demanda individual, por ese motivo entre la documentación solicitada se pide copia de dichos acuerdos para poderlos impugnar al haber firmado entorno a una cláusula ya declarada abusiva).
Para todos aquellos afectados que no puedan sumarse a demandas agrupadas se presentará DEMANDA INDIVIDUAL.
COSTES Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA SER INCLUIDO EN LAS AGRUPADAS E INDIVIDUALES
Dónde remitir la documentación: ADICAE, Servicios Jurídicos, Calle Ronda de Atocha, 13, 1º D, 28012 Madrid
(La documentación debe enviarse por correo postal o mensajería, dado el volumen de la misma no se acepta el envío por correo electrónico)
ADICAE RECOGERÁ LOS EXPEDIENTES PARA LAS DEMANDAS HASTA EL 30 DE DICIEMBRE DE 2017 (Pasada está fecha será más difícil reunir expedientes para demandas agrupadas con los requisitos mencionados, y en la mayoría de los casos tendrán que acudir a la vía de demanda individual.
Para presentar demanda es imprescindible apoderar al procurador, pero para evitar gastos y demoras innecesarios este poder NO se les solicita en este momento. Una vez recepcionados y analizados los expedientes, a aquellos que vayan a ser incluidos en demanda agrupada se les solicitará expresamente dicho poder desde Adicae Servicios Jurídicos, y a aquellos que deban ser incluidos en demandas individuales serán citados por el abogado de la red de Adicae que le haya sido asignado, él cuál le dará instrucciones sobre cómo apoderar al procurador.
Coste: (Viene explicado detalladamente en el
Boletín de costes)
En el caso de
demanda agrupada es una Cuota Extraordinaria de Adicae de
250 euros. (que en caso de superarse los 60 expedientes en demanda agrupada puede verse reducida). Esta cuota cubre los costes, de forma cooperativa, de gestión, estudio, equipos jurídicos, procurador, etc.)
En el caso de
demanda individual es una Cuota Extraordinaria de Adicae de
400 euros. (En las demandas individuales debe pagarse
aparte y directamente al procurador unos honorarios de 90 euros más IVA)
En ambos casos, dichas cuotas son para presentar demanda en primera instancia, si la demanda llegase a siguientes instancias (Audiencia Provincial o Trib. Supremo) se cobraría una nueva cuota y honorarios de procurador similar a la anterior por instancia.
Las cantidades pagadas por cuotas de demanda individual y los honorarios de procurador en el caso de obtener sentencia estimatoria con condena en costas a la parte contraria les serán reintegradas al usuario
Documentación necesaria e imprescindible para ser incluido en Demanda por Cláusula Suelo:
1º.-
Boletín de costes judiciales para la Demanda agrupada o individual -Se adjunta modelo - Este boletín es común para ambos tipos de demandas e incluye los costes de ambos tipos de procedimientos.
2º.-
Fotocopia de la “vida o historial del préstamo” de fecha reciente, este documento debe recoger la siguiente información: Todas las cuotas pagadas por el préstamo (así como amortizaciones anticipadas) desglosando en cada una la fecha, amortización, intereses, capital pendiente, y tipo de interés aplicado. Este documento, si no lo tienen ya, deben solicitarlo en la entidad (en algunos casos lo podrán obtener en la información que tengan de su préstamo en su cuenta de internet con el banco).
La emisión de esta “vida o historial del préstamo” puede conllevar el pago de una comisión a la entidad bancaria por dicho documento.
No se admitirán simples extractos de cuentas bancarias, o fotocopias de recibos que no acreditan el historial completo de los pagos y conceptos del préstamo.
3º.-
Fotocopia de la reclamación extrajudicial por cláusula suelo presentada a la entidad en 2017 (solo si dispone de ella),
fotocopia de la contestación de la entidad a dicha reclamación (solo si la entidad ha contestado)
4º.-
Fotocopia de cualquier acuerdo que haya firmado con la entidad bancaria sobre la cláusula suelo, (solo si se ha firmado algún acuerdo posterior a la escritura)
Más información: A través del e-mail
[email protected] o en el teléfono 91 5278717