Buenas tardes.
El pasado día 09/05/2017 recibí contestación de Abanca: ``estiman mi solicitud por considerar que la cláusula suelo incorporada en el préstamo se encuentra dentro del ámbito de la aplicación del RDL 1/2017.´´
Me ofrecen las siguientes cantidades:
- Intereses a devolver = clausula suelo - (euribor+diferencial) Año 2010 (612,57€), año 2011 (451,09€), año 2012 (127,939€), año 2013 (207,69€) Total =1399,29
- Interés legal del dinero 14,62€
En una nota junto al cuadro pone: '' Intereses legales calculados desde en 21 de diciembre de 2016 sobre el importe total a devolver''. El 21 diciembre 2016 es cuando se dicto la sentencia del tribunal Justicia UE
He comprobado los intereses a devolver y son correctos, pero no así el interés legal del dinero ya que a mi entender se deberían calcular mes a mes desde cuando el banco nos adeuda los interese hasta la fecha que me hacen la oferta 09/05/2017.
Me explico:
- deuda enero 2010, desde enero 2010 a 09/05/2017
- deuda febrero 2010, desde febrero 2010 a 09/05/2017 y así sucesivamente hasta el 09/05/2013 que es cuando el banco me quito la clausula suelo
La suma total de esas cantidades sería lo que el banco me adeuda en concepto de intereses legales.
¿Se calcula así, mes a mes con el interés legal correspondiente de cada año hasta la fecha de la contestación de Abanca (09/05/2017) o se calcula el total de la deuda 1399,29 x 3% (interes legal 2017)?
¿Deberían también devolver parte del capital?, ya que al haber estado pagando más intereses de los que correspondería el capital que he devuelto ha sido menor : el capital pendiente de amortizar, es decir, la cantidad que ahora debo al banco es mayor que la que correspondería de no haber tenido suelo.
¿Hay jurisprudencia respecto a este último punto?
Muchas gracias