Bueno, cierto es que si no inscriben la herencia tu no vas a pagar el 25% restante, pero piensa que tu no vas a poder disponer (vender, hipotecar, ceder) de esa finca hasta que no esté inscrita en el registro a tu nombre, y eso puede suponer perjuicio patrimonial en tu contra.
ofréceles un alquiler barato con opción a compra sin límite de tiempo, y que quede claro que ejercerás la opción de compra únicamente cuando esté inscrita la herencia y los herederos comparezcan en Notaría.
Puedes perder que luego no te vendan la vivienda, pero habrás ganado un alquiler barato, por debajo de mercado un 30% yo les propondría. Si no lo aceptan, buscaría otro inmueble, lo que propones puede ser un marrón para ti importante.