Me sentiría ridículo discutiendo de leyes con un abogado por tanto solo tengo el sentido común. Dices: “los acuerdos de la junta no impugnados son válidos salvo nulidad de pleno derecho”. Te pregunto ¿Qué es nulo de pleno derecho? Yo diría que alguna clausula en algún contrato privado que vaya en contra de la ley, algún acuerdo en una junta de propietarios que vaya en contra de la ley, etc
Un ejemplo, yo alquilo un piso, se elabora un Contrato donde hay una clausula que dice “Este contrato tendrá una duración de seis meses no prorrogables”, cuando sabes que la ley dice que debe ser por un año prorrogable a cinco, para mi es una clausula “nula de pleno derecho”.
En el caso de que la Junta tome un acuerdo que diga que se pagarán las cuotas “a partes iguales”, cuando la ley (artículo 3.b de la LPH) dice que debe ser “por coeficiente” para mi es un acuerdo “nulo de pleno derecho” ¿Me equivoco?
Gracias por la aclaración del limite del 30% pues no lo sabía. También que mientras la cantidad reclamada sea inferior a 2.000 € puedes defenderte tú solo tampoco lo sabía.
Para yo acumular una deuda de 2.000€ estas son mis cuentas.
En 12 meses a razón de una deuda de 3,8€/mes acumularé una deuda de: 3,8*12= 45,6€
Regla de tres: Si en 12 meses acumulo una deuda de 45,6€
¿Cuántos meses necesitaré para acumular una deuda de 2.000€?
Sería: 12*2.000/45,6= 526,3 meses. Traducimos 526,3 meses en años y serían: 43,85 años. Para entonces yo estaría completamente calvo. Resumiendo que si me denuncian por moroso siempre me podría defender yo porque espero vender el piso antes de morirme.
Acabo de comprar el piso, no tengo ningún antecedente en esta comunidad.
Mi primera acción será transferir el primer mes que estoy en esta comunidad 46,20€ "por coeficiente" en lugar de 50€ “a partes iguales” que es lo que me pide el addor.
¿Qué papeles tengo para defenderme? Como dije más arriba:
Tengo una Certificación del Registro de la propiedad que dice que mi piso tiene menos coeficiente que el resto lo cual supongo que llevará implícito que al no ser todos iguales deberán aplicarse la cuotas "por coeficiente".
Tengo un Acta que me ha enviado el addor del 2004 (le pedí por wasa algún Acta que diga que hay que pagar "a partes iguales").
El addor me quiere adoctrinar diciéndome textualmente que “La norma general es que la cuota se pague por coeficientes salvo que los propietarios lleguen a un acuerdo distinto, como es este caso”.
Mientras que el Acta que me ha enviado lo único que dice es que “se acuerda subir las cuotas a 30€”, es decir que se cobraba “a partes iguales” y se seguiría cobrando “a partes iguales” como se venía haciendo sin que hubiera ningún cambio en el sentido de, antes “por coeficiente” y a partir de ahora, “a partes iguales”.
Piensa que soy un capullo engañándome con "como es este caso".
No sé que es mejor, si hacerme el zorro y transferir todos los meses 46,20€ sin más explicaciones o por el contrario enviarle un burofax donde le explique el porque de transferirle los 46,20€.
Lo único que tengo claro es que no quiero dar ningún paso que me haga gastarme dinero en abogado.
Si solo transfiero todos los meses 46,20€ sin más explicaciones, creo que solo acumularía deuda sin más, pero si envío burofax puede que lo señalicen como un motivo para celebrar una Junta poniendo en el orden del dia si se quiere cambiar de pagar “a partes iguales” a pagar “por coeficiente”. En este caso como ganaría “a partes iguales”, quizás ello me obligaría a impugnar la reunión (llevando y pagando abogado) con lo cual habría picado en el anzuelo de gastarme dinero en abogado que es lo que no quería.
Dices “Por cierto, no olvides que mientras tú pagues lo que te corresponde por ley, probablemente alguno esté pagando menos de lo que le corresponde, cosa que debieras incluir en tus escritos al administrador”.
Te digo: Las matemáticas no fallan. Pagando por coeficiente a mi me toca 46,20€. Al resto de vecinos con el mismo coeficiente les tocaría pagar a cada uno 50,76€ y están pagando ahora 50€ lo cual sería 0,76€ de menos lo que estarían pagando por mes de cuota.