Lo del.30% tiene solución....si te fías de tu hermana y cuñado, claro, en el sentido de que te van a pagar la diferencia a futuro. Y es probable que el banco no tenga mucho problema en ello.
Para ello es necesario que tu hermana disponga al menos de los gastos e impuestos.
Se trata de aplazar el 20% del importe de la venta .... tendrían que solicitar un talonario de pagarés a su banco, luego extenderte tantos pagarés como fuera necesario a vencimiento largo....en eso no hay limite, se pueden hacer a 5 años....a 10 ... lo que pacteis.
Tantos pagarés como plazos de pago acordados.
Este pago aplazado se refleja en la compraventa, con fotocopia legitimada de todos los documentos de pago.
Pero sin solicitar que tal aplazamiento se registre como cláusula resolutoria (*) porque esto el banco no lo va a aceptar en modo alguno.
Una pagaré es un documento ejecutivo, en un juzgado es difícil de oponerse a una deuda documentada en pagarés que además puede demostrarse que tuvo por objeto un pago aplazado establecido en una escritura de compraventa de una finca, no veo bajo que excusa válida ante un tribunal se podrían oponer !!! Solo me ocurren argumentos peregrinos y no es el caso. Sería que se vendió la finca con engaño, con defectos ocultos estilo aluminosis, amenaza de ruina, engaño en la calificación urbanística.... en fin, razones que desde luego no concurren aquí.
Otra cosa es cobrar pagarés de personas insolventes, pero no parece el caso ¿cierto?
Si nos ponemos en lo peor, es decir, no se pagan, se consigue sentencia judicial favorable, y ya se ejecutará el cobro cuando haya terminado la hipoteca, vale que son muchos años, pero ante solventes, se acaba cobrando. Una sentencia también permite ir al embargo de nóminas, de coche ...
Ya no entro en "la conveniencia" de reclamar legalmente una deuda a familiares directos.. en eso ya cada cual.
(*) Una cláusula resolutoria es como una hipoteca, la finca responde de la deuda, es una carga real sobre una finca, con lo cual si el banco les concede la hipoteca, no van a permitir tener una resolutoria antes y su garantía hipotecaria detrás... ni en broma ... no van a darcel préstamo. Si que es posible pedir que la cláusula resolutoria vaya detrás de la hipoteca, con que el acreedor (o sea tu) lo acepte ante notario, pero también dudo que el banco acepte una resolutoria por detrás de la hipoteca.
Yo en tu caso es que ni preguntaría, pueden salir montones de dudas.
La pregunta, en este caso, es si puedes aceptar o te interesa cobrar el 20% dentro de muchos años ???