De ilegal nada, es solo que lo bancos y cajas en estos momentos suelen prestar el menor de los valores sea el de compra o el de tasación, en tu caso te están prestando más de lo que vale la casa o has pagado por ella (recuerda … menor de los valores) por tanto a muchas entidades no les hará ninguna gracia que compres algo por 153.000 € y te presten 160.000 €, porque en su opinión tu solo pones las ideas, y ellos el dinero ….. yo no digo que tengan razón, a estos efectos es irrelevante si la tienen o no, sin embargo hay muchas entidades que no entran en el juego de “tus ideas y mi dinero” …… y es que además si se enteran luego en notaria, hay un pacto en las escrituras que pone algo así:
Causas de resolución anticipada del contrato:
Cuando se comprobase falsedad en la documentación, ingresos o …….. que han sido utilizados para el estudio de concesión del préstamo …….
Vamos que si les dices que la casa te cuesta 180.000 € pero en notaria comprueban que son 153.000, tienen ya una prueba de falsedad, es una prueba clara, y pueden ocurrir tres cosas, una que traguen y no digan nada, otra que se nieguen a firmar la hipoteca, y la tercera que algún día se descuelguen con este pacto que tu habrías firmado y exigirte para ya mismo la devolución de todo el dinero que te han prestado. No tengo ni idea si un juez se lo permitiría, pero el caso es que esta clausula suele aparecer en la escritura.
Con esto no pretendo “acojonarte”, solo que sepas que esto existe, que algunos bancos o cajas (pocos) les da lo mismo, y otros que no tragan ni “pa dios” …..