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Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

496 respuestas
Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)
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Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)
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#481

Re: Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

Gracias. Me estoy planteando la vía judicial. Mi hipoteca, de hecho, aunque subrogada sigue vigente. Yo entiendo que hasta que un juez no declara nula las cláusulas abusivas no empieza a contar el plazo de prescripción así que lo pelearé. Estoy mirando por Internet abogados especializados en el tema. Habrá que echarle paciencia. Si ese dinero no tuve porque pagarlo en su momento no tiene porque quedárselo el banco. Ya os iré informando. Saludos 
#482

Re: Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

Si la subrogación es ha sido cambiar de banco la hipoteca si tienes derecho a la reclamación, pero los clientes que se subrogaron a la hipoteca del promotor no tienen derecho a reclamar los gastos hipotecarios, pues estos los pagó en promotor en su día y no el cliente que compró la vivienda.

La prescripción empieza a contar desde el momento que te enteraste que tenias derecho a la reclamación, en tu caso desde el momento que pusiste la reclamación al SAC del banco.
#483

Re: Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

Sí, en mi caso cambié de banco por mejorarme condiciones. Caixabank me dice que al cambiar de banco la hipoteca fue cancelada y que al pasar ya más de cinco años desde esa cancelación el tiempo de reclamar ya ha prescrito. Y me parece que eso no es así. Según mi entender, con las últimas sentencias del Tribunal Europeo y del Supremo, incluso se pueden reclamar hipotecas ya pagadas y canceladas de hace muchos años cuando se pagaban en pesetas porque, según tengo entendido, el plazo de prescripción no empieza a contar hasta que un juez no declara abusivas las cláusulas de la hipoteca. Yo por lo menos lo voy a seguir intentando. Prefiero tener que pagar una parte a un abogado a que se quede el banco con mi dinero. 
#484

Re: Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

Hola he utilizado el escrito de la tercera pagina par reclamar los gastos a caixabank de mi hipoteca de mayo del 2019, me han respondido pero solo me devuelven los gastos de tasación los demas gastos no. 

No tengo tantos conocimientos sobre el tema y no se si estan en lo cierto. 

Si alguien me puede decir como debo proceder para reclamar los gastos de notaria, gestoria y registro, a partir de ahora se lo agradecería.

Adjunto la contestacion de caixabank a continuación:

Situación que nos plantea
A su recepción, hemos analizado su escrito de reclamación, en el cual nos solicita la devolución de
los importes correspondientes a los gastos de formalización de su operación hipotecaria número
XXXX*******XXXX.
¿Qué ocurre a partir de ahora con mi cláusula de gastos?
A partir de ahora, CaixaBank expulsa la cláusula de gastos de su contrato y renunciamos a su
aplicación de manera irrevocable; desde este momento, se tiene por no puesta en su contrato como
si nunca hubiere existido.
¿Qué dice el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el
Tribunal Supremo (TS) sobre la cláusula de gastos en caso de ser
declarada nula y expulsarse del contrato?
El TJUE, en Sentencia de 16 de Julio de 2020, y el TS, Sentencia de 24 de Julio de 2020 coinciden en
que,
a. “«el hecho de que deba entenderse que una cláusula contractual declarada abusiva nunca ha
existido justifica la aplicación de las disposiciones de Derecho nacional que puedan regular el
reparto de los gastos de constitución y cancelación de hipoteca en defecto de acuerdo entre las
partes» (…) ” y
b. “(…) “«si estas disposiciones hacen recaer sobre el prestatario la totalidad o una parte de estos
gastos, ni el artículo 6, apartado 1, ni el artículo 7, apartado 1, de la Directiva 93/13 se oponen a que se niegue al consumidor la restitución de la parte de dichos gastos que él mismo deba
soportar»”
Así mismo, y en relación a los gastos de gestoría, la STS de 26 de octubre de 2020, señala:
c. “(…)”«con anterioridad a la Ley 5/2019, de 15 de marzo, de Contratos de Crédito Inmobiliario,
no existía ninguna previsión normativa sobre cómo debían abonarse esos gastos de gestoría. En
esa situación, ante la falta de una norma nacional aplicable en defecto de pacto que impusiera
al prestatario el pago de la totalidad o de una parte de esos gastos, no cabía negar al consumidor
la devolución de las cantidades abonadas en virtud de la cláusula que se ha declarado abusiva
Y finalmente, con relación a los gastos de tasación devengados, la STS de 27 de enero de 2021 dice:
“(…)Ni el RD 775/1997, de 30 de mayo, sobre régimen jurídico de homologación de los
servicios y sociedades de tasación, ni la Orden ECO/805/2003, de 27 de marzo, sobre normas
de valoración de bienes inmuebles, contienen disposición normativa alguna sobre quién
debe hacerse cargo del coste de la tasación. De ahí que, de acuerdo con la STJUE de 16 de
julio de 2020, ante la falta de una norma nacional aplicable en defecto de pacto que
impusiera al prestatario el pago de la totalidad o de una parte de esos gastos, no cabía negar
al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de la cláusula que se ha
declarado abusiva. Cuando resulte de aplicación la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora
de los contratos de crédito inmobiliario, los gastos de tasación corresponderán al prestatario
(…)”
Con base en estas directrices del TJUE, el TS ha concluido en la citada sentencia que “una vez
declarada nula y dejada sin efecto por abusiva la cláusula que atribuía todos los gastos al prestatario
consumidor, el tribunal debía entrar a analizar a quién, con arreglo a las reglas legales y
reglamentarias, correspondía satisfacer cada uno de los gastos cuestionados”.
A continuación, le ampliamos el detalle de la atribución de gastos según la normativa vigente en el
momento de la firma del contrato, acorde con la doctrina del TJUE y el TS.
Por tanto ¿cuál es la distribución de gastos conforme a las reglas
legales y reglamentarias?
Conforme la combinación coherente de las Sentencias del Tribunal Supremo de 23 de enero de 2019,
24 de julio de 2020 y 26 de octubre de 2020 y 27 de enero de 2021 la distribución de la asunción
de los gastos, conforme a las reglas legales y reglamentarias aplicables al momento de contratar,
queda establecida de la siguiente manera:
a) Arancel registral por la inscripción de la garantía hipotecaria: banco prestamista.
b) Gastos de gestoría: banco prestamista.
c) Arancel notarial de la escritura de constitución de la operación hipotecaria: por mitades.
d) Gastos de tasación: banco prestamista
e) Impuesto de Actos Jurídicos Documentados: prestatario.
f) Gastos derivados de la cancelación de la hipoteca: prestatario
Resolución de la reclamación
Una vez efectuadas las gestiones detalladas, nos complace comunicarle que hemos resuelto estimar
parcialmente su reclamación, procediendo al abono de los importes correspondientes en los próximos
días en la cuenta nº XXXX***********XXXX, de acuerdo con el reparto especificado en el apartado
anterior.
Detalle de los importes abonados. Gastos de tasación
Igualmente le informamos que, si usted tiene esta operación hipotecaria u otras con CaixaBank
impagadas, la entidad podrá compensar la cantidad objeto de pago con las deudas existentes.
Por otro lado, hemos podido constatar que algunas de las cantidades reclamadas derivan del
otorgamiento de una escritura de compraventa y que, por lo tanto, no se incluyen en el
ámbito objetivo de la jurisprudencia del TS de 23 de enero de 2019, que se refiere a gastos
de constitución de hipoteca


Gracias

Saludos
#485

Re: Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

Buenas tardes. Yo tampoco estoy muy puesto en el tema pero sí te puedo decir que en marzo de 2019 salió una Ley nueva de créditos hipotecarios donde se regularon el tema de comisiones y gastos. Te mando enlace al BOE para que lo mires. Tú hipoteca al ser de mayo creo que ya le rige la nueva ley. https://www.boe.es/eli/es/l/2019/03/15/5
Saludos 
#486

Re: Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

Te has equivocado con las facturas, has cogido las facturas relativas a la compra-venta de la vivienda y solo tienes derecho a la devolución de los gastos relativos con la hipoteca.

Tendrás dos facturas del notario y del registrados, debes desechar la relativa a la compra-venta.
En los gastos de la gestoría normalmente emiten una factura para todo, debes desglosar los importes desechando los de la compra-venta.

#487

Re: Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

Hola Alikindoy,
Si no te importa calentarte la cabeza y los costes de andar con abogados, insiste porque tienes las de ganar.
Ánimo!
#488

Re: Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

Me han devuelto todo. Todos los gastos y tasación. Hipoteca del 2006. Si tenéis las facturas os lo devuelven. TASAMADRID, TINSA me dio la factura de la tasación pagando 15€.
#489

Re: Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

Buenas tardes Ladygalga.
Utilizaste algún modelo para realizar la reclamación de los intereses?
La enviáste al correo donde se envió la primera reclamación?
Muchas gracias por tu ayuda
#490

Re: Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

Mi madre lo metió por abogados ya hace bastantes años. Le han dicho que esta apunto de dictar sentencia el juez
#491

Re: Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

Estimado @pagabancos,
Quería agradecerte la información compartida en esta respuesta. He hecho la reclamación basándome en tu texto, la he enviado y ha sido aprobada al día siguiente por Caixabank. Al igual que lo que contabas, la han aceptado pero han hecho caso omiso a la parte de los intereses legales pese a haberla detallado en el primer escrito. No sé si sería mucha molestia que compartieras cómo fue el segundo escrito para reclamarlos. Puedas o no, GRACIAS de nuevo por haberme ayudado a recuperar casi 1000 eurazos. 
#492

Re: Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

Hola Eldelron,

Me alegro un monton que te haya ido bien con la reclamacion.

No te preocupes por el segundo escrito. Simplemente debes escribir de nuevo (no contestes a su respuesta por que es como una nueva reclamacion) y diles que agradeces que en la reclamarion xxxxxxxxx te hayan aceptado la devolucion de las cantidades reclamadas, pero te vuelves a poner en contacto porque han olvidado reconocerte los intereses legales (que segun tus calculos son xxxx) y esperas que te lo puedan ingresar pronto. Atentatemente, Eldelron. 

Yo les escribi despues de haber cobrado la cantidad reclamada.

Suerte!
#493

Re: Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

Muy buenas,

Mi hipoteca es del 2006 y se firmó con Caja Madrid, siendo subrogación con ampliación de hipoteca (un 50% sobre el importe de la deuda del vendedor, a fecha de firma).

Después de admitir Caixabank parcialmente mi reclamación, y pedirme un número de cuenta para hacer el ingreso, y de no poder ser capaz de hacer que me informaran del importe a devolver (habiendo adjuntado todas las facturas excepto la de tasación), al facilitarles finalmente el número de cuenta, me escriben informando de lo siguiente:

"En este caso, hemos podido constatar que las cantidades reclamadas derivan del otorgamiento de una escritura de subrogación hipotecaria, en la que no existe intervención de la entidad, y que, por lo tanto, no se incluyen en el ámbito objetivo de la jurisprudencia del TS de 23 de enero de 2019, que se refiere a gastos de constitución de hipoteca."

¿Alguien ha recibido una respuesta similar? 

No sé realmente si es que me toman por tonto (esa sensación la tengo desde el primer día que me enteré que de repente tenía la hipoteca en Caixabank y no en Bankia, porque el trato en oficina ha sido de lo peor que he vivido en toda mi vida), o es que tienen razón y no puedo reclamar los gastos siquiera después de que me dijeran que aceptaban hacer la devolución, aunque "parcialmente". Y lo de la "no intervención de la entidad" suena un poco a pitorreo, a ver si ahora tengo que buscar a alguien de Caja Madrid para reclamarles. En fin... 
#494

Re: Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

Buenas noches,

Sólo quería escribir para agradeceros la ayuda recibida en este foro, me ha sido de mucha utilidad. Después de 7 meses ya me han devuelto los gastos y los intereses. Muchas gracias y ánimo a todos con las reclamaciones.
#495

Re: Recuperar gastos de hipoteca con Caixabank (Caja Madrid)

Hola esto me han respodido a mi en cuanto al seguro de prima unica : 
Respuesta a su queja o reclamación
Núm. Ref. reclamación: xxxxx
Distinguido señor,
Nos dirigimos a usted en respuesta a su escrito, recibido en este Servicio de Atención al Cliente .
Situación que nos plantea
A su recepción, hemos analizado su escrito, en el que manifiesta su disconformidad con la comercialización del seguro ****3330 VidaCaixa VIDA ACTIVOS 2 PU, solicitando por ello la devolución de la prima única abonada junto con los intereses correspondientes.
Resolución de la reclamación
En cuanto a la comercialización del seguro ****3330 VidaCaixa VIDA ACTIVOS 2 PU, tras un análisis individualizado de su caso, y una vez realizadas las comprobaciones oportunas, hemos verificado que dicho producto fue suscrito por usted el día 6 de agosto de 2012, sin que hasta la presente fecha haya constado oposición por su parte en relación con el mismo.
Del mismo modo, queremos recordarle que, por parte de la entidad, la contratación de los productos ofertados por la misma, se realiza de forma individualizada y atendiendo a los intereses y peticiones de cada uno de sus clientes.

Al respecto, lamentamos comunicarle que no es posible admitir a trámite su reclamación, puesto que el plazo para reclamar por los hechos que describe ya ha finalizado.

En este sentido, le informamos de que según lo establecido en el artículo 1964 del Código Civil, el plazo de prescripción previsto para estas acciones es de 15 años, reducido a 5 años de conformidad con lo establecido en la reforma del citado Código por la Ley 42/2015 de fecha 7 de octubre de 2015.
Los datos serán tratados para la gestión y respuesta de su solicitud, y serán conservados (de acuerdo con la normativa de protección de
datos) durante el plazo de prescripción de las acciones derivadas de la misma, a los únicos efectos de cumplir las obligaciones legales
requeridas, y para la formulación, ejercicio o defensa de reclamaciones. El titular de los datos de carácter personal podrá ejercer los
derechos en relación a los mismos de acuerdo con la normativa vigente, en las oficinas de CaixaBank, en el APARTADO DE CORREOS 209
- 46080 Valencia, o en www.caixabank.es/ejerciciodederechos. Así mismo, puede dirigir las reclamaciones derivadas del tratamiento de
sus datos de carácter personal a la Agencia Española de Protección de Datos (www.agpd.es).
CaixaBank, S.A., Carrer Pintor Sorolla, 2-4, 46002-Valencia, NIF A08663619 Inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, tomo 10370, folio 1, hoja número V-178351, inscripción 2ª
MOD. (W) 001-710.0171-60 (14)

En consecuencia, habiéndose formalizado/cancelado el contrato en fecha 6 de agosto de 2012, no es posible acceder a su petición, al haber transcurrido el plazo previsto para reclamar en relación a estos hechos.

Así mismo, le informamos de que según lo establecido en el artículo 10.2 de la Orden ECC/2502/2021, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, procederá la inadmisión a trámite de aquellas reclamaciones que se hubieran presentado una vez transcurridos cinco años desde la producción de los hechos que sean objeto de controversia.
En consecuencia, tampoco es posible acceder a su petición, al haber transcurrido el plazo previsto para reclamar en relación a estos hechos.
En cuanto a los recibos de prima única cuya fecha de cargo supera los trece meses a contar desde la fecha de la solicitud de devolución, le informamos que no podemos atender su pretensión por haber expirado el plazo para comunicar dicha solicitud, de conformidad con lo establecido por el art. 43 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera.
Mediante este comunicado, el Servicio de Atención al Cliente de CaixaBank, ejerciendo sus funciones de Servicio de Atención al Cliente de VidaCaixa, empresa adherida al mismo en atención al artículo 3 del Reglamento para la Defensa de los clientes de CaixaBank, da respuesta a la reclamación con el número de referencia indicado en el encabezado.



Puedo reclamar ? NO empieza el plazo de reclamacion cuando los tribunales determinan que es abusivo ?

Gracias