Muuuuuuuuu simple ..... coge el último recibo, vas a una notaria .... habla con el oficial de la misma, dile que quieres encargarles una cancelación, pregunta si es posible que él convoque a la entidad para que vayan a firmar, dando un margen de días .... pregunta si con ver el el recibo que pone cero, y firmando los apoderados de la entidad, si es suficiente .... creo que te dirán que si, que ningún problema, que si lo hay será por reticencias de la entidad en ir a firmar a su notaria, porque le suena que lo quieren hacer en la central .....
Tu a tu bola, dile que de esto ya te ocupas tu, que la pregunta es la misma "Sr. Notario, con del recibo pagado que traigo, y la caja firmando la carta de pago, a usted como fedatario público le basta?????? " si te dice que si, adelante, si te dice que prefería el certificado, que sinceramente no sé para que lo necesita, si los banco van y firman "que no se debe nada" .... pues eso .....
pregunta al notario, si acepta que tu pagues sus honorarios, y que la gestión ante el registro la harás tu mismo .... también supongo dirá que no hay problema ....
Entonces vas a la caja, pides una tarjeta de visita del director o de un apoderado, ... te vas a casa, y haces un escrito mas o menos así:
Caja .....
Distinguidos Sres.:
Por la presente, les informo que hemos encargado a la notaria de D. Tal ... la cancelación de la hipoteca, hoy cancelada administrativamente, y de la cual adjuntamos copia del último recibo de pago realizado.
Solicitamos que en un plazo máximo de 30 días a contar desde la recepción de la presente, se sirvan contactar con la notaria (datos y teléfono) para establecer día y hora de fecha, de lo cual nos informarán también.
No están autorizados a firmar la cancelación en otra notaria distinta, de hacerlo no tienen autorización para cargar los gastos que se ocasionen en mi/nuestra cuenta, ni podría establecerse que son a nuestro cargo, por cuanto y en tanto no se habrían cumplido nuestras instrucciones. Asimismo les informamos que pagaremos los honorarios al notario directamente, es mas, cuando nos informen del día y hora acordado, procederemos a efectuar ante dicha notaria la oportuna provisión de fondos.
Igualmente no están autorizados a encargar la gestión de la escritura y su registro a gestoría alguna, esta gestión la haremos por nuestra cuenta, recordando a ustedes que podemos entender y aceptar que cuando se formalizó y para su seguridad jurídica fuera necesaria la concurrencia de un gestor de su confianza a los efectos de resguardar sus derechos de hipoteca, sin embargo para la cancelación de los mismos una vez pagada la financiación, no existe ya derecho alguno a su favor, por tanto es innegable que ostentamos la potestad de efectuar la tramitación como mejor nos convenga.
Tampoco cuentan con autorización de cargo en cuenta en concepto de desplazamiento o certificaciones, ya que salvo error, dichos gastos no figuran en el contrato hipotecario a cancelar.
En espera de sus noticias, les saludamos muy atentamente.
Fecha ... firmas, NIF ............. número de cuenta
A ver que pasa, si no hacen caso, al SAC, aunque seguro que no es necesario.