Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica
Para Gloria Sevilla, yo soy un afectado del condado de Huelva:
En primer lugar lo primero que tienes que hacer es reagrupar toda la documetacion que posees del productos, contrato, ordenes....... extractos informativos del valor nominal etc.
Exponer una hoja de reclamacion a Atencion Al cliente de Caja sol Sevilla y Banca Civica en Madrid, se encuentra en internet.
Una vez con esa pronunciacion o silencio de dos meses sin contestar.
Siguiente paso a CNMV escrito de queja reclamaciones, aportando lo anterior o pronunciacion asi como certificacion que entregaste esa documentacio y ha transcurido dos meses.
Con este informe no vinculante puedes presentar demanda Judicial.
Yo personalmente te aconsejo ADICAE, en sevilla os personais en su sede y os prepara toda la reclamacion.
icanor el canje es como cuando vas al medico y te dice que tienes un cancer tienes dos opciones o quimioterapia o intervencion quirurjica, cual es buena ninguna.
Es el riego que quieras correr, las preferentes son un productos perpetuo, si no lo aceptas se quedaran contigo y te abonaran los intereses en caso de ganancia para la entidad, y solo las venderas en un mercado secundario donde podrias perder gran cantdad de dinero.
Mi opinion acepto el canje y presento ecrito de no renunciar a la via Judicial:
Dicha comercialización se produjo sin que la entidad financiera informara correctamente sobre la naturaleza y características del producto, en particular su carácter perpetuo y el riesgo que conllevaba la inversión, cuando lo que lo que realmente se quería contratar era un producto con liquidez y sin riesgo.
Por ello, a pesar de que en fecha se haya suscrito un canje de estas participaciones preferentes por acciones/obligaciones convertibles por medio del presente escrito se comunica que la aceptación de dicho canje en ningún caso supone la renuncia a las acciones oportunas que puedan corresponderme por la colocación de dichas participaciones por parte de la entidad en base a la defectuosa información sobre las características del producto proporcionada por la misma.
En ese sentido, se reitera que lo que los titulares quisieron contratar desde un primer momento es un plazo fijo (inversión sin ningún tipo de riesgo y con total liquidez) y la aceptación de este canje obedece al único motivo de poder obtener liquidez del producto, ante la negativa de la entidad a poner en el mercado AIAF las participaciones preferentes de las que soy/somos titular/es, por lo que no asumimos ninguna perdida que se pueda producir por la venta de las acciones en las que ha sido convertido el producto.
Espero que os sirva de ayuda un saludo, menudo lio donde nos han metido saludos y paciencia.