Re: Afectados participaciones preferentes Cajasol/Banca Cívica
Lo único bueno de la fusión por ahora es que cuando se proceda al canje siempre será mejor tener acciones de caixa que de banca cínica.
Lo único bueno de la fusión por ahora es que cuando se proceda al canje siempre será mejor tener acciones de caixa que de banca cínica.
Es usted un listo. NO AL CANJE. Lo de listo porque sabe mucho y quiere, no se por qué, incitar a todos a hacerle el juego a la banca. SOLO DEVOLUCION DEL CAPITAL DEPOSITADO.
Mofeta,
Es pregunta deberá de contestarla cada cual segun sus puntos de vista y sus intereses.
Desde un punto de vista especulativo por un inversor mayoritario, es interesante, desde mi PUNTO DE VISTA personal, NO. Yo como inversor minoritario que soy, busco la garantía de mi capital, invierto en un producto no complejo para revalorizar ese capital y busco en un determinado tiempo corto o medio plazo obtener mi capital, que habrá rentado "x".
Las preferentes son un producto perpetuo, ni tú ni nadie ahora mismo puede decir que ese capital se va a recuperar tras un posible rechazo de canje. ¿es interesante PARA MI, obtener ese captial a base de intereses tras 15,18, 20 años? EVIDENTEMENTE NO Y MIL VECES NO, añado con la posibilidad de perder algun año de obtener intereses dependiendo de la posibilidad de beneficio o perdida de la entidad en si, añado, con la posibilidad de perder integramente el capital ante una bancarrota. Pues no, para mí no es interesante.
Si lo es para ti, o para cualquier otro LA SOLUCION a esta situacion desde ese punto de vista, ES TREMENDAMENTE FACIL, tan sencillo como decir 4 palabras cuandoo la entidad te llame:
" NO ACEPTO EL CANJE ".
Tú habrás hecho tu jugada y tan feliz con 6% mas euribor durante los años venideros.
Carmen6591,
Voy a volver a decir POR ULTIMA VEZ, cuatro cosas:
1 - Entré en este foro por la misma inquietud, incertidumbre e interés por saber más sobre este asunto que cualquiera de los que lo leen. No se más ni menos que cualquier otra persona que se preocupe en leer del asunto.
2 - Me decidí a escribir en este foro, (el dia que lo hice por primera vez) por la angustia que me daba leer de personas que tenían una preocupacion que rozaba la desesperacion ante las noticias "derrotistas" que se daban en medios de comunicacion y otras vias, más preocupados de notificar un desastre que en saber realmente de que estaban hablando, sumándole además que no "entendían" de analísis financieros en cuanto a productos de esta indole se refiere. A veces mis comentarios habrán sido más acertados y otras habrán sido menos.
3 - SIEMPRE he sido partidario de ser PACIENTE , y ESPERAR a una comunicacion de canje OFICIAL, que es la única vía a la que agarrarse para ESTUDIAR COHERENTEMENTE que es lo mas correcto hacer. NUNCA he descartado que la opcion de NO ACEPTAR el canje sea lo correcto dependiendo de las condiciones que den por ese canje. Y desde esta tesitura SIEMPRE he propuesto ideas indicando que es DESDE MI PUNTO DE VISTA. Cada vez que he opinado al respecto he dejado muy claro QUE CADA CASO PARTICULAR ES DIFERENTE, y eso quiere decir que el punto de vista ES DIFERENTE tambien
4 - NO trabajo en una entidad bancaria, no soy asesor financiero, no soy economista , no soy abogado, ni tampoco pertenezco a ningún estamento, por lo que MI INTERES en que la persona "fulnita de tal", desee o no desee aceptar un canje, es el mismo interés que tengo en saber el proceso de elaboracion de una casa nido del escarabajo pelotero. O sea "INTERÉS 0". Por lo que los comentarios GRATUITOS de "me estás llevando al huerto" me suelen molestar de sobremanera, y esta ya es la segunda vez que alguien lo deja caer.
MUY MUY SENCILLO, quien esté interesado en el canje que lo acepte, ese punto de vista es el MEJOR punto de vista que se puede tener, VUESTRO PROBLEMA CON LAS PREFERENTES TERMINA JUSTO AHÍ. Ya quisieramos otros, estar en esa tesitura.
En este hilo hemos ido aprendiendo de gente bien informada que daba su opinion como knopfler. El camino no es aburrir a la gente con polémicas y enfrentamientos aquí.
El camino en mi opinión tiene tres vías complementarias, y ya lo he dicho antes:
1.- Presión en la calle, en los medios y frente a las oficinas, poniendoles dificil su trabajo diario.
2.- AUSBANK, ADICAE Y FACUA debieran usar la via penal contra los diseñadores y los urdidores de esta estafa colectiva, que son los presidentes y consejeros, y que han alentado a sus “gestores comerciales” con primas y escasa información, a engañar a la gente mas confiada o peor informada. Torres más altas han caido. Y además para esa querella no hace falta pedir tanto dinero al asociado..¿o es que se trata también de hacer negocio?
3.- Demanda individual solicitando la devolucion del dinero, el que pueda y lo tenga más claro. Los abogados se estan aprovechando demasiado y deberían ponerse a la altura, porque hay algunos con un tufo de chupasangre que asusta.
Todo ello debiera hacerse YA, antes de la propuesta de cange, porque así las tres vías seguirían adelante con independencia de que se aceptara o no el cange. A lo mejor se lo piensan e intentan una oferta que evite la via judicial, que es la única forma de enseñarle los dientes a esta gente ¡¡¡¡¡que nos han estafado.....lo van a volver a hacer, y aquí no pasa nada!!!!!
Hola soy nuevo en este foro y os mando un hecho relevante de la CNMV sobre el acuerdo de integracion de Caixabank-Banca Civica.
Donde pone que se va hacer un canje de participaciones preferentes, concretamente en el punto 3.1 que dice:3. PROCEDIMIENTO DE INTEGRACIÓN
3.1. Fusión por absorción. Ecuación de Canje
La integración de Banca Cívica en CaixaBank responderá al siguiente procedimiento:
(i) Con sujeción a las condiciones previstas en este acuerdo, CaixaBank y Banca Cívica se fusionarán mediante la absorción de Banca Cívica por CaixaBank (en adelante, la “Fusión”).
(ii) Con base en las revisiones de carácter financiero, fiscal y legal (due diligence) que han sido realizadas y en la valoración de CaixaBank y Banca Cívica, las Partes han establecido una ecuación de canje de cinco (5) acciones de CaixaBank por cada ocho (8) acciones de Banca Cívica (la “Ecuación de Canje”).
Teniendo en cuenta la referida Ecuación de Canje, y con base en el número de acciones emitidas por CaixaBank previsto en el Expositivo IV anterior, como resultado de la Fusión corresponderá a las Cajas el siguiente porcentaje del capital social de CaixaBank:
- Caja Navarra: 1,204%
- Cajasol: 1,204%
- Caja Canarias: 0,881%
- Caja de Burgos: 0,848%
”la Caixa”, por su parte, pasaría a ser titular del 75,416% del capital social de CaixaBank.
La Ecuación de Canje ha sido fijada por las Partes considerando, entre otros, los siguientes aspectos:
a) Hasta la inscripción de la Fusión, CaixaBank se abstendrá de cualquier distribución entre sus socios de cantidades a cuenta de dividendos con cargo a los resultados obtenidos durante el ejercicio de 2012. Esta limitación no
afectará a las remuneraciones que, en su caso, correspondan a los instrumentos convertibles en acciones emitidos por CaixaBank. Asimismo, la referida limitación tampoco afectará al aumento de capital con cargo a reservas y mediante emisión de nuevas acciones que conforme al Programa Dividendo/Acción se incluye en el Punto 6.1 del orden del día de la Junta General Ordinaria de Accionistas de CaixaBank convocada, en primera convocatoria, para el día 19 de abril de 2012, equivalente aproximadamente a una remuneración de 0,051€ brutos por acción. A su vez, el aumento de capital con cargo a reservas y mediante emisión de nuevas acciones que en relación también con el Programa Dividendo/Acción se incluye en el Punto 6.2 del orden del día de la referida Junta General Ordinaria de Accionistas de CaixaBank, equivalente aproximadamente a 0,06€ brutos por acción, se ejecutará con posterioridad a la inscripción en el Registro Mercantil de la Fusión, de forma que tengan derecho al mismo los accionistas procedentes de Banca Cívica.
b) Banca Cívica procederá en su Junta General Ordinaria de 2012 a acordar el reparto de dividendos correspondiente al cuarto trimestre de 2011 por un importe que en ningún caso excederá de catorce millones cuatrocientos mil euros (14.400.000€), absteniéndose de cualquier distribución entre sus socios de cantidades a cuenta de dividendos con cargo a los resultados obtenidos durante el ejercicio 2012. Esta limitación no afectará a las remuneraciones que, en su caso, correspondan a los instrumentos convertibles en acciones emitidos por Banca Cívica.
c) La conversión futura en acciones de CaixaBank de las obligaciones necesariamente convertibles y canjeables emitidas por CaixaBank actualmente en circulación.
d) Las participaciones preferentes actualmente en circulación de Banca Cívica (904.031.000€ de nominal) serán objeto, antes de la Fusión, de una oferta de recompra sujeta al compromiso irrevocable de los inversores que acepten la oferta de reinvertir el importe de la oferta en la suscripción de obligaciones necesariamente convertibles emitidas por Banca Cívica y que, por tanto, en el caso de que se ejecute la Fusión, se convertirán en acciones de CaixaBank de conformidad con lo siguiente: Las emisiones a recomprar son todas las que se recogen en el siguiente cuadro:
Emisor Serie Fecha Importe Cupón
El Monte Capital S.A.U.
A
04/08/2000
130.000.000
EUR 12meses + 0,40%
Cajasol Participaciones Preferentes S.A.
--
15/07/2001
120.000.000
EUR 6 meses + 0,25%
El Monte Participaciones Preferentes S.A.
B
15/06/2006
37.000.000
EUR 12meses + 0,55%
Caja de Ahorros General de Canarias
I
05/08/2009
67.031.000
EUR 3meses + 5,85%
El Monte Participaciones Preferentes S.A.
D
02/10/2009
250.000.000
EUR 3meses + 6,10%
Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Navarra
1ª
16/12/2009
100.000.000
EUR 3meses + 5,00%
Banca Cívica, S.A.
1
18/02/2011
200.000.000
8,65% hasta 18/02/2015. A partir de esa fecha EUR 3meses + 6,74%
Se realizará una oferta a todos los titulares de las citadas participaciones preferentes en virtud de la cual Banca Cívica se comprometerá a recomprar las participaciones preferentes a su valor nominal (100%) estando el titular de la misma, por el hecho de la aceptación de la oferta, obligado con carácter irrevocable a invertir el importe total de la recompra en la suscripción de obligaciones subordinadas necesariamente convertibles en acciones de Banca Cívica de nueva emisión (en adelante, las “Obligaciones Convertibles”). La emisión de las Obligaciones Convertibles reunirá, entre otras, las siguientes características:
o Se emitirán tres series de Obligaciones Convertibles diferentes con el objeto de ajustar las condiciones de la oferta a las diferentes características de las participaciones preferentes emitidas.
o Las Obligaciones Convertibles deberán computar como: (i) recursos propios básicos, de acuerdo con la Ley 13/1985, de 25 de mayo y la Circular 3/2008, del Banco de España; (ii) capital principal de conformidad con el Real Decreto Ley 2/2011 de 18 de febrero (tras su modificación por el Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero); y (iii) capital de la mayor calidad (Core Tier 1) según la metodología de cómputo establecida por la European Banking Authority (recomendación EBA/REC/2011/1 y common term sheet de 8 de diciembre de 2011).
o El precio de conversión de cada una de las series de Obligaciones Convertibles será variable, es decir, dependerá de la media ponderada de los precios medios ponderados de cotización de Banca Cívica o CaixaBank (en el caso de que se ejecute la Fusión), durante el periodo, que se fije en el acuerdo de emisión, anterior a cada evento de conversión. Asimismo, se fijará un precio máximo y un precio mínimo de conversión. Corresponderá a Banca Cívica, de conformidad con CaixaBank, determinar el resto de las condiciones de la oferta y de las Obligaciones Convertibles a emitir. Banca Cívica incluirá en la Junta General Ordinaria, que está previsto que se celebre antes del 15 de mayo de 2012, los acuerdos y autorizaciones societarias necesarias para ejecutar la oferta y emitir las Obligaciones Convertibles. Banca Cívica realizará la oferta una vez suscrito el Proyecto Común de Fusión por los administradores de CaixaBank y de Banca Cívica. Las Partes harán sus mejores esfuerzos para que el plazo de aceptación de la oferta concluya antes de las fechas previstas para la celebración de las Juntas Generales de Accionistas de Banca Cívica y de Caixabank a las que se proponga la aprobación del Proyecto Común de Fusión.
Saludos a todos y gracias por vuestros comentarios.
http://www.cnmv.es/portal/hr/verDoc.axd?t={ed3df700-4c1e-42c4-8326-52d1a6231ac0}
knopfler:
Solo quiero darte las gracias por la informacion que nos facilitas en este foro a gente como yo , que tenemos poca idea de estos temas, nos aclaras las ideas para que cada uno en función de su situación pueda valorar y decidir, y decirte que no hagas caso a comentarios , y que no te los tomes a mal, estamos muy nervios, y la gente se altera bastante y no sabe que pensar,(aunque claro para no aportar nada positivo se los podrian ahorrar).
De todas formas por mi parte solo quiero reiterarme en volver a darte las gracias y a animarte para que sigas participando en este foro, y ayudarnos con tus opiniones.
Revimsur,
PUes bastante interesante el hecho relevante.
En primer lugar deducimos que la decision de canje YA ESTA TOMADA, por lo que las condiciones no son la de Caixa Bank.
Segundo, aparecera un canje por EL 100% DEL NOMINAL de las preferentes, apareciendo un nuevo producto OBLIGACION CONVERTIBLE necesariamente en accion. Nos faltaria saber en tiempo en que esa obligacion se convierte en accion y en que condiciones. No habra por tanto un porcentaje en obligacion que se amortice en 10 años como pasa con las condicoines de canje de Caixa Bank.
Las obligaciones convertibles seran de tres modalidades diferentes ajustandose a las caracteristicas de cada participacion, o sea estariamos hablando de 3 grupos de obligaciones convertibles con caracteristicas distintas.
Asi que entiendo que la fecha de anuncio del canje no debe de ser muy lejana en el tiempo y que dicha oferta tendra un plazo de aceptacion o no aceptacion anterior a Junio/Julio
Esperemos pues a saber las condiciones que la obligacion convertible en accion conlleva para determinar el impacto de la "posible" perdida de una venta inmediata de acciones o el interés de conservar las acciones por parte de los inversores que acepten el canje.
La NOTICIA BUENA, a mi modo de ver, es que las condiciones de canje son mas atractivas que el canje ofrecido por Caixa.
NI que decir tiene que las Obligaciones se siguen amortizando en su plazo de vto, y que no afecta absolutamente nada el hecho de recompra de CAixa a BAnca Civica.