Para ... para .......... para............... al Banco de España no puedes ir todavía, por dos motivos:
1 - El BdE no es competente en las preferentes, lo es la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), pero esto sería irrelevante porque de alguna forma son "vasos comunicantes" y si les llega algo que no es su competencia lo mandan al otro supervisor, sin embargo "errar en el tiro" tiene la pega de que se pierden unos días por el "traspaso", como ves nada importante.
2 - Para acudir al Banco de España o la CNMV tienes que esperar la respuesta del SAC o en su caso del Defensor del Cliente, puedes acudir a uno solo de ellos, o si quieres, tras la respuesta del SAC podrías ir al Defensor, en todo caso con uno es suficiente, si bien hay ocasiones que a uno le puede interesar primero ir al SAC y luego al Defensor como una segunda vía antes de ir al Banco de España o CNMV. Si en dos meses no recibes respuesta ya puedes ir a dichos organismos oficiales (*), o puedes ir después de recibir la respuesta, si esta no te gusta.
3 - En tu caso concreto, lo que si puedes hacer es solicitar al Banco de España como debes actuar para reclamar ante esta entidad, ya que en la web de dicho BdE figura como "pendiente de asignar", y como esto no es una queja ni una reclamación, es una mera solicitud de "instrucciones al respecto", creo que van a responderte, no trabajo en el BdE, ni tengo pariente alguno ahí, pero es de sentido común que ante una "falta de asignación" te indiquen el "cómo".
4 - Esto de "medias firmas" hay que ver el alcance .... pero al dirigirte al SAC de la entidad la cosa se pondrá seria, y lo que diga la oficina, pues mira .... puede que bien o puede ya no tan bien ..... en el SAC determirarán el alcance y se enterarán de que hay un problema y esto a ti te interesa, que salga de la oficina, que llegue dónde tenga que llegar, y luego ya se verá ....
5 - ¿Porque a veces interesa esperar al máximo antes de ir al Banco de España o la CNMV, y mejor SAC y luego Defensor? pues mira ............ depende del caso, el tuyo, entiendo que es los que interesa agotar estas posibilidades, piensa que todos los organismo no judiciales carece de facultades para determinar valor a palabras, conversaciones, declaraciones, etc., su cometido se limita a analizar los documentos que existen, entendiendo que si alguien los firmó los leyó y supo entenderlos, luego la realidad puede ser otra, en ocasiones radicalmente distinta, de la misma forma que en ocasiones habrá quien declare que hubo presunto engaño, y al final ante un tribunal se descubre que es "un gurú de la bolsa" y por tanto esto de engaño, no es ni presunto ni nada ....., bien ..... en tu caso, y por lo que apuntas hay un presunto error o deficiencias en la documentación y esto es relevante, no se si suficiente, pero relevante si que es, y tanto los SAC'S como los "Defensores" emiten resoluciones que vinculan a la entidades, (vincular = obligar), bueno solo vinculan a las entidades, no te vinculan a ti, pero si el SAC o el DdC dijeran que hay fallos, y por tanto deben abonarte (lo que sea) pues eso, el banco/caja a cumplir y callar, con lo cual ante deficiencias, interesa agotar esta vía, ya que si vas al Banco de España o a la CNMV (el asterisco de antes), estos emiten informes de buenas prácticas (o de malas), pero son eso "informes" que no obligan, o sea que cualquiera de las partes (el cliente o el banco) se los puede pasar "por el forro" (perdona, sé que eres una señora, y esto no queda muy bien, pero que caray, las cosas por su nombre) y si bien es cierto que en innumerables ocasiones estos informes son atendidos por las entidades, también hay caso de que no lo hacen, y el afectado se ve obligado a acudir a los tribunales para provocar su cumplimiento, y desde luego ir a un tribunal con un informe favorable de la CMNV es medio juicio ganado (solo medio, porque siempre hay matices).
Por lo tanto en un caso tan concreto como el vuestro, yo agotaría las posibilidades en organismos que tengan potestad de obligar, en primer lugar conseguir toda la documentación, tal como estás haciendo ahora, y una vez en vuestro poder plantear, si ha lugar, la reclamación. Yo no reclamaría nada sin antes tener sobre la mesa toda la documentación, porque ello provocará que la posible reclamación que vayáis a plantear sea con "tiro afinado", de otra forma la reclamación podría tener errores de planteamiento y esto no conviene.