A ver si alguien me puede ayudar.
Me están haciendo una comprobación limitada en Hacienda.
Yo amorticé individualmente y voluntariamente las Fagor (un modelo de solicitud a Iberclear en el que se daban de baja definitiva las obligaciones) en el año 2022 y por lo tanto di pérdida fiscal en ese ejercicio.
Después en septiembre de 2023 se han dado de baja todas (ya no voluntariamente, sino la totalidad).
Pero, en su fecha cuando lo hice, estaba completamente convencido que había una consulta vinculante de Hacienda en la que se aclaraba la situación de la amortización definitiva y voluntaria y el cómputo de la pérdida fiscal. Sin embargo ahora no la encuentro, pero si he encontrado otra, la 0437/20 de 25 de febrero de 2020 que dice lo contrario, que hasta que no se liquide la sociedad no se puede dar la pérdida fiscal, si bien es cierto que en este caso se trata de renta variable en la que hay que llegar a la liquidación, mientras que las obligaciones son renta fija y no parece que sean las mismas situaciones.
Escribo en este foro porque me parece recordar que ya lo tratamos en su momento, pero ahora no lo encuentro.
Gracias.